III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2024-1285)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 21 de diciembre de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con la Ley 1/2023, de 16 de marzo, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas Vascas.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8914

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
1285

Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de
Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 21 de diciembre
de 2023, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del EstadoAdministración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con la
Ley 1/2023, de 16 de marzo, de la potestad sancionadora de las
Administraciones Públicas Vascas.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre,
del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
acuerdo que se transcribe como anexo a la presente resolución.
Madrid, 22 de diciembre de 2023.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del EstadoAdministración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la
Ley 1/2023, de 16 de marzo, de la potestad sancionadora de las Administraciones
Públicas Vascas
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la
Comunidad Autónoma del País Vasco, ha adoptado el siguiente acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas llevadas a cabo por el grupo de
trabajo constituido por el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación
Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
para el estudio y la propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación
con el artículo 9.10 de la Ley 1/2023, de 16 de marzo, de la potestad sancionadora de
las Administraciones Públicas Vascas, ambas partes las consideran solventadas de
conformidad con los siguientes compromisos y consideraciones:

II. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las
discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial del País Vasco».
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, Olatz Garamendi Landa.
https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2024-1285
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes entienden que el artículo 9.10 de la Ley 1/2023, de 16 de marzo, no
conlleva la atribución de funciones al Ministerio Fiscal.
Ambas partes coinciden en interpretar que el citado precepto solo resultará aplicable
a los supuestos en que la legislación estatal vigente en cada momento atribuya al
Ministerio Fiscal las funciones a las que se refiere el precepto en los ámbitos materiales
previstos en el mismo.