III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-1267)
Resolución de 15 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Cieza, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8803

acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Cieza y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Abanilla, Abarán, Blanca, Fortuna, Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva del Río
Segura que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en
aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de
julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Cieza, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Cieza y
a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Abanilla, Abarán, Blanca, Fortuna,
Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura, de la aplicación informática denominada
DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil
conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las cero horas
del 19 de febrero de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.
Segundo.

Tercero.
El personal que, en la fecha indicada de entrada en servicio efectiva de DICIREG,
esté prestando servicios en el Registro Civil de Cieza y en las secretarías o unidades
procesales de apoyo directo de los Registros Civiles Municipales Delegados de Abanilla,
Abarán, Blanca, Fortuna, Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura, continuará
desarrollando sus funciones en las oficinas del Registro Civil, según lo establecido en la

cve: BOE-A-2024-1267
Verificable en https://www.boe.es

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Cieza pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de Cieza
y los Registros Civiles Municipales Delegados de Abanilla, Abarán, Blanca, Fortuna,
Ojós, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Abanilla, Abarán, Blanca, Fortuna, Ojós, Ricote, Ulea
y Villanueva del Río Segura, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la
disposición transitoria octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la
Ley 20/2011, de 21 de julio, y serán de aplicación las demás previsiones contenidas en
dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,
Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la
aplicación de la Ley 20/2011.