I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Seguridad Social. (BOE-A-2024-1207)
Orden ISM/29/2024, de 22 de enero, por la que se establecen para el año 2024 las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero.
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Martes 23 de enero de 2024

Modalidad
de pesca

Modalidad Pesca

Categorías profesionales encuadradas
dentro de los grupos de cotización
1a7

8 a 11

Arrastre en Aguas de Portugal.

89

1.767,00

1.422,00

Arrastre Aguas Internacionales y Terceros Países.

90

2.439,00

1.500,00

Palangre de Fondo Aguas Internacionales y Terceros Países.

91

2.439,00

1.500,00

Atuneros Cañeros Canarias.

92

1.767,00

1.422,00

Artes Menores en Canarias.

93

1.767,00

1.422,00

Palangre de Superficie.

85

2.439,00

1.500,00

ANEXO III
Bases grupo tercero
Año 2024
Zona Norte
Categorías profesionales encuadradas
dentro de los grupos de cotización
3y4

8 a 11

A Coruña.
Lugo.
Vigo.
Vilagarcía.
Asturias.
Cantabria.

1.626,00

1.485,00

Gipuzkoa.
Bizkaia.

1.692,00

1.527,00
1.359,00*

* Grupo 10 de cotización (en Bizkaia): Neskatillas, Empacadoras, Mariscadores/as.

Zona Este
Categorías profesionales encuadradas
dentro de los grupos de cotización

Alicante.
Castellón.
Valencia.
Illes Balears.
Barcelona.
Girona.
Tarragona.
Murcia.

3y4

8 a 11

1.785,00

1.527,00
cve: BOE-A-2024-1207
Verificable en https://www.boe.es

Las Palmas.
Tenerife.

Sec. I. Pág. 8456