II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CORTES GENERALES. Cuerpo Administrativo de las Cortes Generales. (BOE-A-2024-1102)
Resolución de 30 de diciembre de 2023, conjunta de las Presidencias del Congreso de los Diputados y del Senado, por la que se convoca oposición para el Cuerpo Administrativo de las Cortes Generales por los turnos libre, restringido y de discapacidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 22 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 8072

núm. 48, de 25 de febrero de 2022. Conforme al resultado de dicho sorteo, el orden de
actuación de los aspirantes al presente proceso selectivo se iniciará por aquellos cuyo
primer apellido comience por la letra «Q». En el caso de que no existiera ningún
aspirante cuyo apellido comenzara por la letra «Q», el orden de actuación se iniciará por
aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «R», y así sucesivamente.
4. Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica, el Tribunal publicará, con anterioridad a la realización de los
ejercicios, las instrucciones que sea necesario conocer y, en su caso, los criterios de
corrección, valoración y superación de los mismos, que sea necesario aplicar y que no
estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
5. La convocatoria para la celebración de los ejercicios se realizará en llamamiento
único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, sin perjuicio de lo
dispuesto en la base séptima.
6. La oposición constará de tres ejercicios obligatorios, que tendrán carácter
eliminatorio, y uno optativo de idiomas, que podrán realizarse simultáneamente para los
turnos libre, restringido y de discapacidad:
Primer ejercicio. De carácter teórico, consistente en la contestación durante un
máximo de dos horas a un cuestionario de un máximo de 120 preguntas con respuestas
alternativas, de las cuales solo una es correcta.
Las preguntas versarán sobre las materias del temario que se incluye en el anexo,
formulándose un máximo de 40 preguntas por cada uno de los siguientes bloques:
a) Ortografía, gramática y sintaxis.
b) Derecho constitucional, parlamentario y administrativo.
c) Organización administrativa, documentación y archivo e información pública.
En el cuestionario figurarán 3 preguntas adicionales de reserva por cada uno de los
referidos bloques.
Los aspirantes podrán llevarse copia de su ejercicio.
En un plazo máximo de tres días naturales desde la celebración del ejercicio se
publicarán en las páginas web de las cámaras las preguntas y respuestas correctas, y se
abrirá un plazo de cinco días hábiles para que puedan presentarse ante el Tribunal
reclamaciones o impugnaciones de las preguntas.
Si como consecuencia de las reclamaciones se anulasen preguntas, se valorarán
tantas preguntas de reserva como preguntas se hayan anulado en cada bloque, en el
mismo orden en que aparecen en el cuestionario.
Si se anulasen más preguntas que el número de preguntas de reserva previstas, se
prorrateará la calificación del ejercicio tomando en consideración el número de preguntas
que fueran válidas.
Contra las resoluciones del Tribunal relativas a la impugnación de preguntas no
cabrá ulterior recurso, sin perjuicio de la posibilidad de recurrir la publicación de las
relaciones de aspirantes aprobados en los términos previstos en la base undécima.
Una vez finalizado el plazo de impugnación de preguntas y resueltas por el Tribunal
las reclamaciones planteadas, se procederá a la corrección de la prueba y se publicará
la relación de aspirantes que hayan superado el primer ejercicio de la oposición con
indicación de la puntuación total y de las puntuaciones obtenidas en cada bloque.
Segundo ejercicio. Tendrá dos partes, que podrán realizarse el mismo día, sin que,
en caso contrario, ello suponga la ruptura de la unidad del ejercicio, de acuerdo con las
siguientes instrucciones y las que, eventualmente, pueda comunicar el Tribunal:
a) Primera parte: transcripción durante diez minutos de un texto que se facilitará a
los aspirantes, a la velocidad mínima de 250 pulsaciones netas por minuto, es decir,
2.500 pulsaciones netas en total. Cada pulsación errónea penalizará 6 pulsaciones. Se
admitirá un máximo de errores del 2 % de pulsaciones brutas. Las pulsaciones netas se
obtendrán restando las penalizaciones de las pulsaciones brutas.

cve: BOE-A-2024-1102
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