III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1185)
Resolución de 12 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Agricultura y Alimentación, por la que se publica el Acuerdo por el que se dispone la aplicación del artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental al Proyecto de modernización integral de las comunidades de regantes de Vincamet-Vilaró, Litera-Persio, Seròs, Litera-Vincamet y Serrabrisa-Montfret, en Fraga, Aitona y Seròs (Huesca y Lleida), comprendido en las obras de modernización de regadíos del Plan para la mejora de la eficiencia y la sostenibilidad en regadíos, incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la economía española, Fase II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 22 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 8258

Con el fin de asegurar el más elevado nivel de protección ambiental en la ejecución
de los proyectos acogidos al artículo 8.3, el Consejo de Ministros celebrado el 11 de julio
de 2023 aprobó el Acuerdo por el que se establece un protocolo de actuación, para su
aplicación a los proyectos incluidos en el Plan para la mejora de la eficiencia y la
sostenibilidad en regadíos, que queden comprendidos en el artículo 66 del Real Decretoley 36/2020, de 30 de diciembre. En este protocolo se establecen un conjunto articulado
de documentos, que garantizan la plena sujeción a los principios de precaución y acción
cautelar, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de
decisiones. El cumplimiento del mismo, por tanto, constituye una forma alternativa de
evaluación tal y como establece el artículo 8.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre.
Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación, en su reunión del día 9 de enero de 2024, el Consejo de Ministros,
acuerda:
Primero.

Solicitud exclusión de evaluación de impacto ambiental.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, como órgano sustantivo y de
conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación
ambiental, solicita la exclusión del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del
«Proyecto de modernización integral de las comunidades de regantes de VincametVilaró, Litera-Persio, Seròs, Litera-Vincamet y Serrabrisa-Montfret, en los TT.MM. de
Fraga, Aitona y Seròs (Huesca y Lleida)».
El proyecto consiste en la modernización integral de las infraestructuras de riego de
las Comunidades de Regantes de Vincamet-Vilaró, Litera-Persio, Seròs, Litera-Vincamet
y Serrabrisa-Montfret, en los términos municipales de Fraga (Huesca), Aitona y Seròs
(Lleida), sobre una superficie de 2.359,22 ha de regadío ya existentes, por lo que no se
produce un aumento de la superficie regable. La finalidad del proyecto es establecer un
sistema de riego sostenible, energéticamente eficiente y que consiga una disminución en
el consumo de agua. Para ello se establecerá un sistema de distribución de agua
presurizado, que sustituirá las acequias actuales, eliminando las pérdidas en el
transporte y posibilitando el uso de sistemas más eficientes de aplicación del agua en
cada parcela. Asimismo, se eliminarán completamente los consumos energéticos de los
bombeos individuales existentes, que utilizan fuentes de energía fósiles, al dotar de
presión natural a la nueva red de riego, gracias al desnivel existente entre el punto de
captación del agua, en el Canal de Aragón y Cataluña, y los puntos de suministro, no
siendo necesaria, por tanto, ninguna impulsión que conlleve gasto energético; de esta
manera se producirá una reducción de emisiones de 302.951 kg/año de CO2. Por otra
parte, un sistema de telecontrol permitirá mejorar el control y la gestión del agua.
Segundo. Cumplimiento del protocolo aprobado en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 11 de julio de 2023.

a) Informe del órgano sustantivo acreditativo del cumplimiento de cada uno de los
requisitos establecidos en el artículo 66 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de
diciembre. Anexo I.
b) Informe del órgano sustantivo sobre los efectos perjudiciales de la aplicación de
la evaluación de impacto ambiental para la finalidad del proyecto, con base en la
Comunicación de la Comisión Documento orientativo relativo a la aplicación de las
exenciones contempladas en la Directiva sobre la evaluación de impacto ambiental
(Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y el Consejo, en su versión modificada

cve: BOE-A-2024-1185
Verificable en https://www.boe.es

El órgano sustantivo ha aportado la documentación que se indica a continuación,
para acreditar el cumplimiento del protocolo aprobado en el Acuerdo del Consejo de
Ministros del 11 de julio de 2023: