III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Convenios. (BOE-A-2024-1200)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido.
72 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19

Lunes 22 de enero de 2024

Plantas

Superficie total

Sec. III. Pág. 8382

TGSS

INSS

Tercera.

957,13

478,57

478,56

Cuarta.

947,84

0,00

947,84

Quinta.

988,24

494,12

494,12

Sexta.

947,84

473,92

473,92

Séptima.

634,94

317,47

317,47

13.638,66

6.791,31

6.847,35

Total.

Porcentaje para distribución de gastos

TGSS

INSS

100 %

49,79 %

50,21 %

Inmuebles compartidos objeto del convenio en la D.P. de Madrid
– Número de IBID: 28/0412.
– Denominación del inmueble: Oficina Integral de la Seguridad Social.
– Ubicación: Avda. Pedro Díez, 19 (28019) Madrid.
– Entidades ocupantes del inmueble: INSS y TGSS.
– La distribución de superficie entre las Entidades ocupantes, según Resolución de
la Dirección General de la TGSS de 30 de abril de 2013, es la siguiente en metros
cuadrados:
Plantas

TGSS

INSS

1.149,54

747,21

402,33

Baja.

747,60

448,56

299,04

Primera.

926,90

Segunda.

926,90

926,90

Tercera.

926,90

926,90

4.677,84

3.049,57

Sótano.

Totales.

Superficie total

926,90

1.628,27

Porcentaje para distribución de gastos

TGSS

INSS

100 %

65 %

35 %

– Número de IBID: 28/0458.
– Denominación del inmueble: Oficina Integral de la Seguridad Social.
– Ubicación: Calle Miguel Fleta, 3 (28037) Madrid.
– Entidades ocupantes del inmueble: INSS y TGSS.
– La distribución de superficie entre las Entidades ocupantes, según Resolución de
la Dirección General de la TGSS de 30 de abril de 2013, es la siguiente en metros
cuadrados:
Plantas

Sótano.
Baja.

Superficie total

TGSS

INSS

1.276,96

946,10

330,86

687,60

687,60

cve: BOE-A-2024-1200
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Se redondean los porcentajes: