III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2024-1083)
Resolución de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Administración General del Estado en el Territorio, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, para la realización de prácticas externas en la Subdelegación del Gobierno en Valencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Sábado 20 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 7972

Y de otra parte, don José Manuel Pagán Agulló, Rector de la Universidad Católica de
Valencia San Vicente Mártir, en virtud de su nombramiento dado por el Cardenal
Arzobispo de Valencia y Gran Canciller de la Universidad, en fecha 30 de mayo de 2018,
y de conformidad con los establecido en el artículo 22.3 de sus Estatutos, en adelante
UCV, con CIF núm. G-97.025.787 como representante de ésta, según lo establecido en
la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley
Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y de las Facultades otorgadas a su cargo de rector por
los Estatutos de la Universidad y por los poderes otorgados mediante escritura pública,
antes el Notario de Valencia, don Joaquín Borrell García, en fecha 21 de diciembre
de 2018, con el número 4.229 de su protocolo.
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir el presente
convenio y en su virtud,
EXPONEN
Que con fecha 10 de septiembre de 2021 fue suscrito un convenio entre la
Administración General del Estado (Ministerio de Política Territorial) y la Universidad
Católica de Valencia San Vicente Mártir, al amparo de lo establecido en el capítulo VI del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Dicho convenio se suscribió para la
realización de prácticas académicas externas, curriculares, en la Delegación del
Gobierno en la Comunitat Valenciana/Subdelegación del Gobierno en Valencia por parte
de los estudiantes que cursen estudios oficiales de grado/máster en dicha Universidad,
que permitan completar sus estudios universitarios, para una futura incorporación al
mundo laboral.
Considerando que el citado convenio inició sus efectos con su inscripción en fecha
de 21 de septiembre de 2021 en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal (REOICO), siendo su fecha de
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» el 4 de octubre de 2021 y que de acuerdo
con su cláusula decimoquinta se suscribió con una duración inicial de cuatro años, a la
fecha de firma del presente documento de Adenda el convenio se encuentra plenamente
vigente y desplegando sus efectos.
En consecuencia ambas partes
ACUERDAN
Primero.
La letra e) de la cláusula séptima incorpora esta nueva redacción:
«e) Cumplir con todas las obligaciones en materia de Seguridad Social que la
normativa vigente establece respecto de los estudiantes participantes en las
prácticas.»
Segundo.

«Resultarán de aplicación a los estudiantes en prácticas las obligaciones en
materia de Seguridad Social que deriven de la disposición adicional
quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, pactándose expresamente que el cumplimiento de todas las obligaciones
en materia de Seguridad Social respecto de los estudiantes en prácticas
corresponden a la Universidad –y no a la Administración General del Estado–.»

cve: BOE-A-2024-1083
Verificable en https://www.boe.es

El párrafo tercero de la cláusula octava incorpora esta nueva redacción: