III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1088)
Resolución de 15 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Restauración fluvial del río Bullaque (Ciudad Real)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 20 de enero de 2024

Relación de consultados

Sec. III. Pág. 8006

Respuestas
recibidas

Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Subdirección
General de Biodiversidad Terrestre y Marina. Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico.



Oficina Española de Cambio Climático. Secretaría de Estado de Medio Ambiente.
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.



Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad. Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.



Dirección General de Protección Ciudadana. Consejería de Hacienda y
Administraciones Públicas. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.



Viceconsejería de Medio Ambiente. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.



Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Viceconsejería de Medio
Ambiente. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.



Dirección General de Economía Circular. Consejería de Desarrollo Sostenible.
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.



Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo. Consejería de
Fomento. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.



Viceconsejería de Cultura y Deportes. Consejería de Educación, Cultura y
Deportes. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.



Diputación Provincial de Ciudad Real.



Ayuntamiento de Luciana.



Ayuntamiento de Piedrabuena.



Ayuntamiento de Porzuna.



Ayuntamiento de Retuerta del Bullaque.



Ayuntamiento de El Robledo.



Ecologistas en Acción Ciudad Real.



Greenpeace España.



WWF/Adena.



SEO/BirdLife.



Como consecuencia de las consultas y del análisis realizado, con fecha 13 de
septiembre de 2023, este órgano ambiental traslada al promotor que algunos posibles
impactos significativos detectados (vegetación, fauna, salud, cultura, riesgos) pueden ser
evitados o descartados mediante determinadas modificaciones al proyecto y ampliando
la información con aclaraciones y estudios. El promotor remite escrito de respuesta (en
adelante documentación adicional) con fecha 27 de septiembre de 2023, que pasa a
integrar la versión final del proyecto, sobre la que versa la decisión de evaluación.
Analizada la documentación obrante en el expediente y de acuerdo con las
respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para
determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de
impacto ambiental ordinaria previsto en la sección 1.ª del capítulo II, del título II, según
los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

cve: BOE-A-2024-1088
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 18