V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE. (BOE-B-2024-1524)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares de archivo del concurso público para la explotación, en régimen de concesión administrativa, de tiendas con régimen "libre de impuestos" en el puerto de Palma (ref. E.M.689.1).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17

Viernes 19 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 2422

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

1524

Re solución de la Autoridad Portuaria de Bale are s de archivo de l
concurso público para la e xplotación, e n régime n de conce sión
administrativa, de tiendas con régimen "libre de impuestos" en el puerto
de Palma (ref. E.M.689.1).

Con fecha de 20 de diciembre de 2023, el Consejo de Administración de la
Autoridad Portuaria de Baleares acordó lo siguiente en relación al concurso público
para la explotación, en régimen de concesión administrativa, de tiendas con
régimen "libre de impuestos" en el puerto de Palma:
"Primero.- Archivar el concurso público convocado para el otorgamiento de la
concesión para la explotación, en régimen de concesión administrativa, de tiendas
con régimen "libre de impuestos" del puerto de Palma de Mallorca (E.M. 689.1), al
haber resultado fallido como consecuencia del desistimiento del licitador cuya
oferta fue elegida como la más ventajosa de las presentadas.
Segundo.- Proceder a la devolución de las garantías provisionales constituidas
por los licitadores TERMINALES DEL ATLANTICO MEDIO, S.L. y SGM RETAIL,
S.L. (por haberse superado el plazo de resolución del expediente establecido en el
artículo 85.8 del TRLPEMM).
Tercero.- Notificar esta resolución a los interesados y publicarla en el Boletín
Oficial del Estado.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que lo ha
dictado, de acuerdo con el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El
plazo para interponerlo es de un mes a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, no pudiendo, en este caso, interponer
recurso Contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de Reposición.
De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer
directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el
artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante la
Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal".
Palma, 8 de enero de 2024.- El Presidente, D. José Javier Sanz Fernández, La
Secretaria, Dña. María Antonia Ginard Moll.

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X