III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-967)
Resolución de 10 de enero de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica el Convenio con la Fundación Extremeña de la Cultura, para la transferencia e implementación del proyecto educativo deslizar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 18 de enero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CULTURA
967

Resolución de 10 de enero de 2024, del Museo Nacional del Prado, por la
que se publica el Convenio con la Fundación Extremeña de la Cultura, para la
transferencia e implementación del proyecto educativo deslizar.

El Museo Nacional del Prado y la Fundación Extremeña de la Cultura, han suscrito
con fecha 22 de diciembre de 2023, un convenio para la transferencia e implementación
del proyecto educativo deslizar, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 10 de enero de 2024.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel
Falomir Faus.
ANEXO
Convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Fundación Extremeña de la
Cultura para la transferencia e implementación del proyecto educativo Deslizar
En Madrid, a 22 de diciembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo
Nacional del Prado, en adelante MNP, cargo que ostenta en virtud del Real
Decreto 278/2017, de 17 de marzo, con domicilio en Madrid, Paseo del Prado, s/n, CIF
Q-2828018-H, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 433/2004,
de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, en su
artículo 7.2, letra l).
Y, de otra, la Fundación Extremeña de la Cultura, con domicilio en la sede de Avda.
Valhondo, s/n, Edificio III Milenio, Módulo 6 – 4.ª planta, 06800 Mérida (Badajoz), y NIF
G 06668016, representada por doña Victoria Bazaga Gazapo, en calidad de presidenta y
en virtud de las competencias que a tal efecto le otorga el artículo 20.2.II d de sus
Estatutos actuando en su nombre y representación.
Reconociéndose mutuamente la capacidad necesaria y suficiente para ello,

I. Que el Museo Nacional del Prado es un organismo público con personalidad
jurídica propia y plena capacidad de obrar, pública y privada, para el cumplimiento de sus
fines establecidos en la Ley 46/2003, de 25 de noviembre, reguladora del Museo
Nacional del Prado.
II. Que el Museo Nacional del Prado tiene por objetivo la consecución de los
siguientes fines, en virtud del artículo 3 de la Ley 46/2003, de 25 de noviembre:
a. Garantizar la protección y conservación, así como promover el enriquecimiento y
mejora de los bienes del Patrimonio Histórico Español adscrito al mismo.
b. Exhibir ordenadamente las colecciones en condiciones adecuadas para su
contemplación y estudio.

cve: BOE-A-2024-967
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