I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Presupuestos. (BOE-A-2024-903)
Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 18 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 6484

El texto incluye además el inicio de un recorrido fiscal cuyo objeto final es alcanzar al
término de la actual legislatura una política impositiva justa, en correspondencia con las
demandas de los aragoneses y con la actual estructura económica y social de la
comunidad autónoma. Con su aplicación progresiva entre los años 2024 y 2027, el
Ejecutivo autonómico garantizará al final de este periodo la prestación de los servicios
públicos de su competencia con niveles de calidad superiores a los actuales.
Estos Presupuestos fundamentan su marco normativo básico en nuestra Carta
Magna, la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978, así como en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera. De acuerdo con la normativa autonómica, el Presupuesto de la Comunidad
Autónoma encuentra su fundamento normativo en el Estatuto de Autonomía de Aragón,
cuya reforma fue aprobada mediante Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, y el texto
refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado
mediante Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, así como
en la Ley 5/2012, de 7 de junio, de Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
En el ámbito de las reglas fiscales, a finales de 2023 se desactiva la cláusula general
de salvaguardia existente en el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) que se activó
en 2020 a consecuencia de la crisis sanitaria y económica provocada por el SARS-CoV-2
y se extendió por las excepcionales circunstancias derivadas de la guerra de Ucrania.
No obstante lo anterior, no se dispone del objetivo de estabilidad o en su caso tasa
de referencia de déficit al que habrá de estar sujeta la Comunidad en el ejercicio 2024,
por lo que los presupuestos para el citado ejercicio se elaboran en cumplimiento de la
senda establecida en el Plan Presupuestario 2024 del Reino de España de fecha 15 de
octubre de 2023, que plantea una recuperación de la senda de consolidación fiscal del
subsector comunidades autónomas para el que prevé un saldo fiscal del -0,1 % del PIB
en 2024.
En este sentido, el Gobierno de Aragón acordó el pasado 23 de octubre el límite de
gasto no financiero para el ejercicio 2024, que asciende a 7.523.539.204,42 euros,
disponiendo así de los elementos necesarios para la elaboración de los presupuestos de
la Comunidad, tal como establece el artículo 13 de la Ley 5/2012, de 7 de junio, de
Estabilidad Presupuestaria de Aragón.
II
El endeudamiento que tiene previsto formalizar la Comunidad Autónoma durante el
ejercicio 2024 será el que se corresponda con la financiación de los vencimientos por
amortización previstos en el ejercicio y la anualidad correspondiente a la devolución de
las liquidaciones negativas de la financiación autonómica de los ejercicios 2008 y 2009.
En línea con los Presupuestos Generales del Estado, se garantiza el compromiso de
responsabilidad fiscal, que habrá de plasmarse en una reducción del déficit que permita
cumplir con la exigencia de consolidación y alcanzar el objetivo de estabilidad
presupuestaria a medio plazo. En consecuencia, la Comunidad Autónoma cumplirá con
el objetivo de deuda marcado y el aumento de endeudamiento neto previsto será
consistente con los incrementos de deuda permitidos.
Finalmente, la Comunidad Autónoma tiene previsto continuar adherida en 2024 al
Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas.
III
Los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón recogen otro ejercicio más
las dotaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) que se
prevén ejecutar en el ejercicio 2024 en el marco de los cuatro ejes transversales a través
de los cuales se han distribuido al Estado Español los fondos y que se concretan en la
transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y territorial y la igualdad

cve: BOE-A-2024-903
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Núm. 16