I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Presupuestos. (BOE-A-2024-903)
Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 16

Jueves 18 de enero de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
903

Ley 17/2023, de 22 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad
Autónoma de Aragón para el ejercicio 2024.

En nombre del Rey y como Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón,
promulgo esta Ley, aprobada por las Cortes de Aragón, y ordeno su publicación en el
«Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», todo ello de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 45 del Estatuto de Autonomía de Aragón.
ÍNDICE
Preámbulo.
Título I.

De la aprobación y contenido del presupuesto.

Artículo 1. Aprobación y contenido.
Artículo 2. Beneficios fiscales y actualización de las tasas de la Comunidad
Autónoma de Aragón.
Título II. De los créditos y sus modificaciones
Artículo 3. Vinculación de los créditos.
Artículo 4. Imputación de gastos.
Artículo 5. Créditos ampliables.
Artículo 6. Transferencias de crédito.
Artículo 7. Incorporación de remanentes de crédito.
Artículo 8. Habilitación de aplicaciones presupuestarias.
Artículo 9. Garantía presupuestaria de los recursos afectados.
Artículo 10. Ajustes en los estados de gastos e ingresos del presupuesto.
Artículo 11. Normas generales relativas a los expedientes de modificación de
créditos.
Título III. De la gestión del presupuesto.
Artículo 12. Principios de programación y gestión presupuestaria responsable.
Artículo 13. Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan
compromisos financieros.
Artículo 14. Gestión de los créditos finalistas y cofinanciados.
Artículo 15. Autorización para adquirir compromisos de ejercicios futuros.
Artículo 16. Transferencias a otros entes que integran el sector público autonómico.
Artículo 17. Normas específicas de gestión del capítulo II del presupuesto de
gastos.

Capítulo I.

Regímenes retributivos.

Artículo 18. Normas básicas en materia de gastos de personal al servicio del sector
público de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 19. Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los directores
generales y asimilados, del personal eventual y de otro personal directivo.
Artículo 20. Conceptos retributivos, devengo y cuantías aplicables a los
funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de

cve: BOE-A-2024-903
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Título IV. De los créditos de personal.