III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Seguros privados. (BOE-A-2024-891)
Resolución de 9 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publica el tipo de interés máximo a utilizar en el cálculo contable de la provisión de seguros de vida, de aplicación al ejercicio 2024.
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Núm. 15

Miércoles 17 de enero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
891

Resolución de 9 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguros y
Fondos de Pensiones, por la que se publica el tipo de interés máximo a
utilizar en el cálculo contable de la provisión de seguros de vida, de
aplicación al ejercicio 2024.

El Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y
solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, en su disposición adicional
quinta regula el régimen de cálculo de las provisiones técnicas a efectos contables.
El apartado segundo de esta disposición señala que en lo referente al tipo de interés
a utilizar en el cálculo de la provisión de seguros de vida para los contratos celebrados
antes del 1 de enero de 2016, las entidades aseguradoras y reaseguradoras aplicarán el
artículo 33 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de Seguros Privados, aprobado
por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre (ROSSP), sin perjuicio de la opción
de adaptación a la estructura temporal pertinente de tipos de interés sin riesgo, para el
cálculo de la provisión correspondiente a los contratos que apliquen lo previsto en los
apartados 1.a).1.º y 1.b).1.º del artículo 33 del ROSSP.
El artículo 33.1 del ROSSP regula el tipo de interés aplicable para el cálculo de la
provisión de seguros de vida. Asimismo, establece que la Dirección General de Seguros
y Fondos de Pensiones publicará en su página web la resolución en la que se determine
el tipo de interés resultante.
En su virtud, esta Dirección General hace público que el tipo de interés máximo
aplicable para el cálculo de la provisión de seguros de vida durante el ejercicio 2024 será
el 2,18 por 100.

cve: BOE-A-2024-891
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de enero de 2024.–El Director General de Seguros y Fondos de
Pensiones, Sergio Álvarez Camiña.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X