III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-888)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Harbour Sevilla Manchuela 2, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Magerit FV3, de 268,95 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Maqueda, Escalona, Quismondo, Santa Cruz del Retamar, Portillo de Toledo, Fuensalida, Camarena y Arcicóllar (Toledo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 17 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 6264

Castilla-La Mancha, del Ayuntamiento de Maqueda, del Ayuntamiento de Portillo de Toledo,
del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), de la Dirección General de
Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria del Ministerio de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, de Enagás Transporte, SAU y de Nedgia, SA. Se ha dado traslado al
promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.
Se han recibido contestaciones de Telefónica de España, SAU, de la Confederación
Hidrográfica del Tajo, del Ayuntamiento de Escalona, de la Agencia Estatal de Seguridad
Aérea (AESA), de UFD Distribución Electricidad, SA, de Red Eléctrica de España, SA, de
la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de la Subdirección General de Patrimonio del
Ministerio de Defensa y de la Diputación Provincial de Toledo, donde se muestran
condicionantes a la ejecución de las actuaciones a llevar a cabo por el promotor. Se ha
dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad
con las mismas.
Se ha recibido informe de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, donde
manifiesta que se ha detectado una afección sobre una conducción de abastecimiento
por parte de la planta fotovoltaica y se observan cruzamientos con la línea de evacuación
sobre varias conducciones. Además, manifiesta que por falta de información de detalle,
es necesario que se aporten los editables georreferenciados del anteproyecto,
identificando cada elemento, con la ubicación de la planta, las líneas de evacuación, los
apoyos y los caminos de acceso a los mismos. Finalmente recogen condicionado técnico
a seguir por el promotor para compatibilizar las infraestructuras. Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual envía enlace con los documentos técnicos en
formato editable como se solicita en el informe y presta conformidad al condicionado
técnico. Se ha recibido informe del organismo, el cual informa desfavorablemente, a la
vista de la documentación contenida en los georreferenciados del anteproyecto, ya que
se detecta que varias instalaciones proyectadas producen afecciones sobre las
conducciones y su servidumbre de paso-acueducto del Sistema de Abastecimiento de
Picadas-Almoguera (Subsistemas Picadas II y Picadas III). Se ha dado traslado al
promotor de dicha contestación, el cual manifiesta que debido a las afecciones
detectadas por Infraestructuras del Agua de Castilla‐La Mancha, así como por
afecciones arqueológicas que han sido identificadas y con el objetivo de respetar y
minimizar el impacto en el medio natural y en el territorio, el promotor ha decidido realizar
modificaciones al proyecto.
Preguntados la Dirección General de Carreteras de la Consejería de Fomento de
Castilla-La Mancha, Aqualia, SA, el Ayuntamiento de Arcicóllar, el Ayuntamiento de
Camarena, el Ayuntamiento de Fuensalida, el Ayuntamiento de Quismondo, el
Ayuntamiento de Santa Cruz del Retamar, la Dirección General de Planificación
Territorial y Urbanismo de la Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha, la Dirección
General de Transición Energética de la Consejería de Desarrollo Sostenible de
Castilla-La Mancha, Exolum Corporation, SA, Gas Natural Redes GLP, SA, I-DE Redes
Eléctricas Inteligentes, SA y Sociedad Mercantil Estatal Aguas de las Cuencas de
España (ACUAES), no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la
conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 22 de septiembre de 2022 en el
«Boletín Oficial del Estado» y con fecha 23 de septiembre de 2022 en el «Boletín Oficial
de la Provincia de Toledo». Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por
el promotor.
Se han recibido alegaciones de Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU (que
promueve los proyectos con código PFot-417AC), donde se señala afecciones entre los
proyectos y su intención de llegar a un acuerdo entre ambos promotores para poder
solucionar dichas interferencias. Se ha dado traslado al promotor de dicha alegación, el cual

cve: BOE-A-2024-888
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Núm. 15