II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-782)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca concurso para la selección y nombramiento de directores en los centros docentes públicos no universitarios en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024
Novena.

Sec. II.B. Pág. 4419

Reclamaciones, recursos y lista de calificaciones definitivas.

1. Las personas candidatas dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados
a partir del día siguiente al de la publicación de la lista de calificaciones provisionales,
para presentar las reclamaciones que estimen oportunas y completar en su caso la
documentación acreditativa de los méritos alegados, mediante escrito dirigido al
presidente de la comisión de selección.
2. La comisión de selección dispondrá de dos días hábiles para la resolución de las
reclamaciones presentadas. Al día siguiente a la finalización de este plazo se publicarán
las calificaciones definitivas en el tablón de anuncios del centro docente y de la
correspondiente Dirección Provincial. Las Direcciones Provinciales enviarán copia de la
lista de calificaciones definitivas a la Dirección General de Planificación y Gestión
Educativa para su publicación en la página web del Ministerio de Educación, Formación
Profesional y Deportes. La publicación de la lista de calificaciones definitivas servirá de
notificación a las personas participantes. Se entenderán desestimadas las reclamaciones
presentadas, cuando las puntuaciones no hayan sido modificadas.
3. Frente a la calificación definitiva cabe recurso de alzada ante la persona titular de
la Dirección Provincial correspondiente en el plazo de un mes, cuya resolución pondrá fin
a la vía administrativa.
Décima. Propuesta de nombramiento.
1. La presidencia de la comisión de selección trasladará a la persona titular de la
Dirección Provincial correspondiente las calificaciones definitivas obtenidas por las
personas solicitantes, de forma simultánea a su publicación, y elevará la propuesta de
nombramiento como director o directora del centro docente a quien haya obtenido la
calificación más alta.
2. La comunicación se realizará igualmente si se da la circunstancia de que no
haya resultado seleccionado ningún aspirante.
3. En caso de producirse empate en la calificación definitiva se procederá conforme
a lo establecido en el artículo 19.2 de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril.
Undécima.

Nombramiento.

Concluido el proceso de selección las personas que hayan superado el
procedimiento y sean propuestas por las comisiones de selección correspondientes,
serán nombradas director o directora del centro docente respectivo por la persona titular
de la Dirección Provincial, por un periodo de cuatro cursos académicos, con efectos de 1
de julio de 2024.
Recursos.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante el Secretario de Estado de
Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Asimismo, contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, ante el
órgano jurisdiccional competente conforme a lo establecido en los artículos 11.1.a), 14
y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Madrid, 8 de enero de 2024.–El Secretario de Estado de Educación, José Manuel
Bar Cendón.

cve: BOE-A-2024-782
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