II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Cuerpos de funcionarios docentes. (BOE-A-2024-782)
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convoca concurso para la selección y nombramiento de directores en los centros docentes públicos no universitarios en las Ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 4415

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
Resolución de 8 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Educación,
por la que se convoca concurso para la selección y nombramiento de
directores en los centros docentes públicos no universitarios en las Ciudades
de Ceuta y Melilla.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dentro del título V que regula
la «Participación, autonomía y gobierno de los centros», en su capítulo IV dedicado a la
«Dirección de los centros públicos», establece el proceso de selección y nombramiento
de directores y directoras de los centros públicos no universitarios, recogido en los
artículos 133 a 137. Según el artículo 133, en la selección deben participar tanto la
comunidad educativa como la Administración educativa y se efectuará mediante
concurso de méritos entre docentes funcionarios de carrera, que impartan alguna de las
enseñanzas que se imparten en el centro, de conformidad con los principios de igualdad,
publicidad, mérito y capacidad.
El artículo 134 fija los requisitos que deben cumplir los candidatos para participar en
los procesos correspondientes y el artículo 135 dispone que «para la selección de los
directores o directoras en los centros públicos, a excepción de los Centros Integrados de
Formación Profesional, las Administraciones educativas convocarán concurso de méritos
y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de valoración del proyecto
presentado y de los méritos del candidato o candidata, entre los que incluirán la
superación de un programa de formación sobre el desarrollo de la función directiva,
impartido por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o por las
Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas, con validez en todo el
territorio nacional».
La Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, por la que se regula el procedimiento para la
selección, nombramiento, cese, renovación y evaluación de directoras y directores en los
centros docentes públicos no universitarios de Ceuta y Melilla, modificada por la Orden
EFP/547/2023, de 29 de mayo, en su artículo 4 dispone que «la persona titular del
Ministerio de Educación y Formación Profesional convocará, con una periodicidad anual,
un concurso de méritos para la selección de directores y directoras de los centros
educativos públicos en los que quede vacante este puesto», según el procedimiento
contemplado en los artículos desarrollados en dicha orden.
Asimismo, en su artículo 24.1 señala que los directores y las directoras que hayan
sido seleccionados conforme al capítulo II, salvo los nombrados con carácter
extraordinario, podrán optar a renovar su mandato por dos nuevos periodos de cuatro
años cada uno, debiendo manifestar expresamente su voluntad de renovación en el
cargo, mediante escrito dirigido a la Dirección Provincial correspondiente antes del 31 de
diciembre del último curso del mandato. De esta forma, las vacantes producidas en caso
de no desear renovar podrán incorporarse al procedimiento de selección.
En virtud de la disposición final primera de la Orden EFP/376/2021, de 21 de abril, en
la presente resolución se dictan instrucciones relativas al proceso de selección y
nombramiento de directores y directoras de centros públicos de Ceuta y Melilla, para el
curso escolar 2024/2025.

cve: BOE-A-2024-782
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