II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2024-785)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional para el año 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 4454

conforme a las reglas porcentuales establecidas para cada uno de dichos méritos por el
artículo 30 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el
tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquella persona que hubiera
obtenido mayor puntuación por méritos de determinación autonómica. De mantenerse el
empate, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los apartados
a), b), c), d) e), f) y g), por dicho orden, del artículo 32.1 del Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo. En última instancia, el empate se resolverá en base al orden de
prelación en el proceso selectivo de acceso a la subescala o categoría por la que se
concursa, teniendo preferencia los y las aspirantes que hayan accedido por el sistema de
promoción interna sobre los de acceso libre.
Octava.

Propuesta de resolución.

Finalizadas las actuaciones descritas en la Base séptima, el tribunal formulará:
– Relación fundada de personas excluidas.
– Relación comprensiva de los y las concursantes no excluidos con sus
puntuaciones, y la propuesta de adjudicación de los puestos, que se elevará a esta
Dirección General.
Novena.

Resolución.

Esta Dirección General resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada
por el tribunal de valoración, remitiendo la resolución correspondiente a las comunidades
autónomas y al «Boletín Oficial del Estado» para su publicación.
El plazo máximo para la resolución del concurso unitario será de seis meses, a
contar desde la fecha de publicación de la presente resolución de convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
Plazo posesorio y aplazamientos.

El plazo de toma de posesión en los destinos obtenidos en el concurso será de tres
días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se
trata de puestos de trabajo en localidad distinta.
Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá
efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
presente concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde el día siguiente a dicha publicación.
El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hubieran sido concedidos a las personas interesadas.
Por necesidades del servicio y siempre que el puesto de origen desde el que se
concursa esté reservado a personal funcionario de administración local con habilitación
de carácter nacional, mediante acuerdo de los presidentes de las corporaciones en que
haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la consiguiente
toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar
cuenta de tal acuerdo a las comunidades autónomas de origen, y en su caso, de destino.
En estos supuestos de diferimiento, las personas adjudicatarias deberán haber tomado
posesión en los destinos adjudicados en todo caso en el plazo máximo de tres meses
desde la publicación de la resolución.
Undécima.

Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Una vez expirado el plazo máximo publicado conforme a lo establecido en la Base
tercera no se admitirá ninguna renuncia a la participación en el concurso. Como
consecuencia, los destinos que eventualmente se adjudiquen tendrán carácter

cve: BOE-A-2024-785
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Décima.