III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2024-807)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se somete a información pública la actualización de las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES), las Normas de Control de Calidad Interno, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Gestión de Calidad 1 y 2 para su aplicación en España (NIGC 1-ES y NIGC 2-ES) y el Glosario de Términos, resultado de la adaptación del publicado junto con estas Normas Internacionales para su aplicación en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 16 de enero de 2024

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de Términos, a los textos vigentes de la LAC y su reglamento de desarrollo, aprobado
mediante el Real Decreto 2/2021, de 12 de enero (RLAC);
– la incorporación de las modificaciones de concordancia entre normas ya incluidas
por el IAASB en las normas revisadas publicadas por la IFAC al texto de las NIA-ES, de
la NIGC 1-ES y de la NIGC 2-ES y del Glosario de Términos; y
– la homogeneización de las denominaciones utilizadas y el formato de presentación
de las NIA-ES, la NIGC 1-ES y NIGC 2-ES y el Glosario de Términos publicados hasta la
fecha.
De esta manera, el conjunto de Normas y el Glosario de Términos que se publican
en esta Resolución se actualiza a la fecha de su publicación. Estas normas mantienen la
naturaleza de Normas Técnicas de Auditoría y de Normas de Control de Calidad Interno,
respectivamente, conforme a lo establecido en el artículo 2 de la LAC, puesto que, como
se ha señalado, no se ha producido una adopción de las NIA por parte de la Comisión
Europea. El Glosario de Términos que se publica amplía su catálogo para incorporar
definiciones correspondientes a las Normas de Control de Calidad Interno.
La Resolución se acompaña de dos anexos para facilitar el conocimiento e
identificación de las modificaciones de concordancia incorporadas en las Normas y en el
Glosario de Términos que se publican. Así, mientras en el anexo II se recogen los textos
actualizados de todas las NIA-ES, NIGC-ES y Glosario de Términos adoptados hasta la
fecha, en el anexo III se recopilan las modificaciones de concordancia incorporadas en
cada una de las Normas y, en consecuencia, en el Glosario de Términos incluidos en el
anexo II, así como las modificaciones incluidas en las notas aclaratorias a los apartados
afectados por esta actualización.
A estos efectos, el Consejo General de Economistas de España-Registro de
Economistas Auditores y el Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España
presentaron ante este Instituto las Normas Técnicas de Auditoría, las Normas de Control
de Calidad Interno y el Glosario de Términos incluidos en el anexo II, resultado de la
actualización de las NIA-ES, NIGC-ES y del Glosario de Términos, para su tramitación y
sometimiento a información pública, durante el plazo de dos meses a partir del día
siguiente al de publicación de esta Resolución de publicación provisional, conforme a lo
previsto en el artículo 2.4 de la LAC y en el artículo 5 del RLAC.
Por todo ello, analizados los textos presentados por el Grupo de Trabajo de Normas
Técnicas de Auditoría, y previo examen por el Comité de Auditoría de Cuentas, la
Presidencia del ICAC, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.4 de la LAC y en
el artículo 5 del RLAC, resuelve:
Primero. Información pública.
Someter al trámite de información pública las Normas Técnicas de Auditoría, las
Normas de Control de Calidad Interno y el Glosario de Términos, resultado de la
actualización de las NIA-ES, las NIGC-ES y el Glosario de Términos en sustitución de los
publicados por las Resoluciones de este Instituto de 15 de octubre de 2013, de 23 de
diciembre de 2016, de 27 de octubre de 2020, de 9 de febrero de 2021 (únicamente en la
parte relativa a la modificación de la NIA-ES 700 (Revisada), Formación de la opinión y
emisión del informe de auditoría sobre los estados financieros), de 14 de octubre
de 2021, de 20 de abril de 2022 y de 20 de diciembre de 2023.
Y, a estos efectos, ordenar su publicación íntegra en el «Boletín Oficial del Estado»,
en el «Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas» y en la página
de Internet de dicho Instituto www.icac.gob.es, de conformidad con lo establecido en el
artículo 5.1 del RLAC.
Segundo. Periodo de información pública.
Durante el plazo de dos meses, a computar a partir del día siguiente a la publicación
de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», se podrán formular por escrito,

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