II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2024-780)
Resolución de 11 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 4358

Únicamente se valorarán un máximo de cuatro cursos de formación y
perfeccionamiento de los expresamente incluidos en el anexo I de la convocatoria,
impartidos o recibidos en el marco de la formación para el empleo de las
Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, no pudiéndose valorar los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración, no serán objeto de
valoración.
No se valorarán cursos para los puestos genéricos base del Cuerpo Enfermeros de
Instituciones Penitenciarias (Enfermero/Enfermera), al considerarse que los funcionarios
y las funcionarias cuando ingresan en este Cuerpo, reciben toda la formación necesaria
para su desempeño.
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento
con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido
diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 10 puntos, con la
siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de 15 a 59 horas: 1,5 puntos.
– Para cursos de formación con una duración de 60 o más horas: 2,5 puntos.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento siempre que ésta
haya sido acreditada, hasta 10 puntos, con la siguiente distribución:
– Inferior a 15 horas: 2 puntos.
– Igual o superior a 15 horas: 3 puntos.
– Igual o superior a 40 horas: 4 puntos.
Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de
veces que se haya realizado o impartido.
No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido,
en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres
y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una
valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su
duración sea de 15 o más horas.
4.

Antigüedad.

La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación, hasta un
máximo de 30 puntos.

Computarán a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición
de la condición de funcionario o de funcionaria de carrera, siempre que los estuviera
reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente
alegados.
5.

Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

En el caso de que se aleguen causas relativas a la conciliación de la vida personal,
familiar y laboral para la adjudicación de un puesto en distinta localidad, se deberán

cve: BOE-A-2024-780
Verificable en https://www.boe.es

– 0,86 puntos por cada año completo de servicios prestados en cuerpos de la
Administración Penitenciaria de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
– 0,28 puntos por cada año completo de servicios prestados en otros Cuerpos,
Escalas o relaciones de servicio de personal laboral.
– En el supuesto de que los restos de ambas antigüedades lleguen a un año
completo, éste se valorará a 0,28 puntos.