II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública. (BOE-A-2024-778)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros de Montes de la Hacienda Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 14

Martes 16 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 4322

Asimismo, se habilita al tribunal calificador para establecer la forma y procedimientos
a seguir en el uso de medios electrónicos o telemáticos, incluidos los audiovisuales, para
el desarrollo de las pruebas o de alguna de sus fases, así como para la digitalización,
encriptación, almacenamiento y custodia, por medios electrónicos, de los exámenes
realizados por escrito que así lo requieran, garantizando en todo momento el secreto de
aquellos hasta su apertura y lectura pública por las personas aspirantes.
4.5 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
el Ministerio de Hacienda, Subdirección General de Recursos Humanos, calle Alcalá,
número 9, planta 4.ª de Madrid, teléfonos 91 595 87 22 / 91 595 89 33 / 91 595 87 83,
dirección de correo electrónico: oposiciones.funcionarios@hacienda.gob.es.
5.

Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos enumerados en la base décima de la Orden HFP/688/2017,
de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones
de obtener, al finalizar el plazo de presentación de instancias, el título de Ingeniero de
Montes, o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según
establecen las directivas comunitarias.
Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar
que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso,
del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las
personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación
profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones
de derecho de la Unión Europea.
Las personas candidatas deberán poseer en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionario/a de carrera los requisitos exigidos.
6.

Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

Las personas aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción
interna deberán cumplir, además, al finalizar el plazo de presentación de instancias,
los siguientes requisitos específicos:
6.1

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los siguientes colectivos:

6.2 Antigüedad. Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años,
como funcionario de carrera de los cuerpos o escalas del subgrupo A2 mencionados
en el punto 6.1 y en los términos previstos en dicho punto.
7.

Solicitudes

7.1 De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, las personas aspirantes deberán realizar la presentación de la solicitud por

cve: BOE-A-2024-778
Verificable en https://www.boe.es

a) Funcionarios de carrera de los cuerpos o escalas de la Administración General
del Estado del subgrupo A2, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2
de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
b) Funcionarios de carrera de los cuerpos o escalas postales o telegráficos,
adscritos al subgrupo A2.
c) Funcionarios de carrera de los cuerpos o escalas del subgrupo A2 de las demás
Administraciones Públicas incluidas en el artículo 2.1 del Texto Refundido del Estatuto
Básico del Empleado Público que estén desempeñando como funcionario de carrera un
puesto de trabajo en la Administración General del Estado y hayan obtenido destino
definitivo en la misma.