II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Destinos. (BOE-A-2024-720)
Resolución de 10 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 18 de septiembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13

Lunes 15 de enero de 2024

Sec. II.A. Pág. 4073

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
720

Resolución de 10 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se
resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 18 de
septiembre de 2023.

Por Resolución de 18 de septiembre (BOE del 22), se convocó concurso específico, con
referencia 3E/2023, para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuantos requisitos y
procedimientos se establecen en las bases de la convocatoria sobre el plazo de
presentación de instancias, examen de las mismas y valoración de los méritos alegados
por los candidatos por la correspondiente Comisión de Valoración.
Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto resolver
definitivamente el mencionado concurso en los siguientes términos:
Primero.
Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de méritos y resolver el concurso,
adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria a los funcionarios en los
términos que se recogen en el anexo a esta resolución.
Segundo.
Declarar desierto y/o sin adjudicar los puestos que se especifican en el citado anexo,
motivados por falta de peticionarios, por no haber alcanzado ninguno de los candidatos
la puntuación mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la resolución
de la convocatoria.

El plazo para tomar posesión en el nuevo destino obtenido será de tres días hábiles
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del
día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si
la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde su publicación. El cómputo de los plazos posesorios se
iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las
personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde
suspender el disfrute de los mismos. No obstante, para los funcionarios y funcionarias
que se encuentren en licencia por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de
posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.
Cuarto.
Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde la situación de servicios
especiales o de excedencia para el cuidado de hijos tendrán derecho, mientras duren las
citadas situaciones, a la reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso

cve: BOE-A-2024-720
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Tercero.