III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-686)
Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle de Ambroz-Cáparra.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
6 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3887

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
686

Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo,
por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la
Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres, para la ejecución del Plan
de Sostenibilidad Turística en el Valle de Ambroz-Cáparra.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de la adenda de prórroga y modificación al convenio que fue suscrito el 11 de
diciembre de 2020 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres, para la
ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle de Ambroz-Cáparra.
Madrid, 5 de enero de 2024.–La Secretaria de Estado de Turismo, Rosa Ana Morillo
Rodríguez.
ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al convenio que fue suscrito el 11 de diciembre
de 2020 entre la Secretaría de Estado de Turismo, la Consejería de Cultura,
Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación de Cáceres, para la
ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en el Valle de Ambroz-Cáparra
Madrid, 28 de diciembre de 2023.

Doña Rosa Ana Morillo Rodríguez, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por
Real Decreto 1035/2022, de 20 de diciembre, actuando de conformidad con lo previsto
en el artículo 62.2 g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público y el artículo 5 a) de la Orden ICT/111/2021, de 5 de febrero, por la que se fijan
los límites para administrar los créditos para gastos y se delegan determinadas
competencias en el ámbito del Departamento.
Doña Victoria Bazaga Gazapo, Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes,
nombrada por Decreto de la Presidenta 22/2023 de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de
julio), en virtud de lo dispuesto en los artículo 26.3.b) y 34.2 de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en virtud de las facultades que le confieren la delegación de firma
otorgada por Decreto de la Presidenta 31/2023, de 16 de agosto (DOE n.º 164 de 25 de
agosto), actuando de conformidad con lo previsto en el artículo 53.2 de la Ley 1/2002,
de 28 de febrero, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura y en el Decreto 236/2023, de 12 de setiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes; una vez
autorizada la firma de esta adenda por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Extremadura de fecha 12 de diciembre 2023.
Don Miguel Ángel Morales Sánchez, Presidente de la Diputación Provincial de
Cáceres, nombrado por Acuerdo Plenario de la Diputación Provincial de Cáceres de
fecha 1 de julio de 2023 (BOP. n.º 126, de 5 de julio de 2023), actuando de conformidad
con lo previsto en 34.1.b) y 36.1d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las
Bases de Régimen Local; facultado para la suscripción de la presente adenda por
Resolución Presidencial de fecha 26 de octubre de 2023.

cve: BOE-A-2024-686
Verificable en https://www.boe.es

REUNIDOS