III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-685)
Resolución de 5 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz, para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en la Reserva de la Biosfera La Siberia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 12 de enero de 2024

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realicen en los restantes ejercicios del convenio, siendo el plazo de ejecución de
tres años para esta aportación a partir de la entrada en vigor del convenio, sin
perjuicio de posibles ampliaciones del plazo de ejecución.
3. La justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos
correspondientes a la Secretaría de Estado de Turismo se realizará en el plazo
máximo de tres meses siguientes al término del plazo de ejecución de las
actuaciones, mediante la presentación de los siguientes documentos ante la
Secretaría de Estado de Turismo:
a) Memoria general, en la que se recoja el grado de cumplimiento alcanzado
en relación con los objetivos propuestos.
b) Informe escueto por cada actuación.
c) Informe sobre las repercusiones del Plan en medios de comunicación.
d) Certificado de haberse registrado en la contabilidad el ingreso de la
Secretaría de Estado de Turismo que se justifica, así como los de las otras partes
correspondientes a cada anualidad, en caso de que proceda, según el cuadro
financiero de distribución de anualidades.
e) Informe del Interventor de la EE. LL. ejecutante de las obligaciones
reconocidas imputadas a cada proyecto.
f) Informe del Interventor de la Administración ejecutora en el que se haga
constar que todas las facturas han sido pagadas.
g) Certificado del Secretario de la EE. LL. ejecutante sobre la realización de
las actuaciones, en el que se consignarán los importes ejecutados
correspondientes a las mismas, con el visto bueno del Presidente de la Comisión
de Seguimiento.
h) Acta de la Comisión de Seguimiento o documento de cierre de cada
anualidad suscrito por todas las partes del convenio, en el que conste la inversión
inicial y la final detallada por actuaciones.
Lo anterior se entiende sin perjuicio de las funciones de control financiero y de
fiscalización de las aportaciones objeto del presente convenio, que correspondan
a otros órganos del Estado (Intervención General del Estado o Intervención
Delegada correspondiente y el Tribunal de Cuentas), por lo que en cualquier
momento se podrán exigir las facturas originales o copias autenticadas conforme a
la ley que justifiquen la inversión realizada.
4. Asimismo, a la finalización del Plan se remitirá, por parte de la gerencia,
una memoria global de las actuaciones realizadas con la ayuda del Plan que
incluya la repercusión social, económica y ambiental en el territorio conforme a los
retos del Programa de Planes de Sostenibilidad en Destinos y la coordinación del
Plan con otros proyectos llevados a cabo en ese espacio geográfico, así como
también la previsión de la gestión turística del destino una vez finalizado el Plan de
Sostenibilidad.
5. En el caso de tratarse de regiones elegibles con arreglo a los objetivos de
la política de cohesión comunitaria (2014-2020), y a fin de poder justificar las
contribuciones efectuadas ante los órganos competentes de la Comisión Europea,
deberán aportarse las copias compulsadas de las facturas originales de las
actuaciones del Plan que se soliciten.
Los gastos subvencionables con cargo a fondos europeos son los establecidos
en la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las
normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo
Europeo de Desarrollo Regional para el periodo 2014-2020 (BOE de 30
diciembre 2016).»

cve: BOE-A-2024-685
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Núm. 11