II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria y Turismo. (BOE-A-2024-675)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Industria y Turismo, especialidad de Metrología, y se encomienda la gestión del proceso al Centro Español de Metrología, O.A., M.P.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

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conocimiento técnico al marco normativo, así como valorar las adecuadas capacidades
de razonamiento, por lo que se podrán incluir tanto preguntas de conocimientos como
preguntas conceptuales que exijan la asociación de elementos de conocimiento
diferentes relacionadas con las materias del programa del anexo II.
Ambas pruebas escritas se realizarán el mismo día.
El ejercicio se puntuará entre 0 y 40 puntos. Cada una de las pruebas (cuestionario y
prueba escrita) se puntuará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarla obtener
un mínimo de 10 puntos. Para acceder al segundo ejercicio será necesario obtener la
calificación mínima de 20 puntos.
– Segundo ejercicio: Idiomas. Consistirá en la realización de las mismas pruebas y
con la misma valoración que el segundo ejercicio de la fase de oposición del sistema
general de acceso libre.
– Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución por escrito, durante un tiempo máximo
de 4 horas, de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, relacionado con el marco
regulatorio del control metrológico del Estado y la circulación de productos en el mercado
europeo y nacional.
Para el desarrollo de este ejercicio, los opositores únicamente podrán utilizar los
materiales, textos técnicos y legales, informaciones o datos puestos a su disposición por
el Tribunal en cualquier soporte.
El ejercicio será informatizado y se realizará en el ordenador que le facilite el
Tribunal. No está permitido usar otros dispositivos o medios electrónicos, excepto una
calculadora no programable. En todo caso, se garantizará la integridad, trazabilidad y
autenticidad de cada ejercicio.
El ejercicio será corregido por el Tribunal, que valorará los conocimientos, el rigor
analítico, la eficiencia y la calidad técnica y funcional de las soluciones propuestas, la
sistemática, la claridad y el orden expositivo, la capacidad de síntesis y la calidad de la
expresión escrita, demostrados por el aspirante.
El ejercicio se puntuará de 0 a 40 puntos. Para superarlo será necesario obtener una
calificación mínima de 20 puntos.
b. Calificación de la fase de oposición: La calificación final de la fase de oposición
vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
c. Relación de aspirantes que han superado la fase de oposición: Terminada la
oposición, el Tribunal hará pública la relación definitiva de aspirantes que han superado
la oposición, en orden decreciente según la puntuación global obtenida por cada
opositor. El número de aspirantes que superen la fase de oposición podrá ser superior al
de plazas convocadas por promoción interna.
Fase de concurso.

a. Certificado de requisitos y méritos:
Las personas aspirantes que hubieran superado la fase de oposición deberán
presentar, en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de
publicación de la resolución, el certificado de requisitos y méritos para su valoración, y
serán convocados al curso selectivo.
Los certificados de requisitos y méritos deberán ser cumplimentados
electrónicamente por los servicios centrales de personal o equivalentes del ministerio u
organismo donde presten o hayan prestado sus servicios a través del Sistema Integrado
de Gestión de Personal (SIGP), previa petición de las personas aspirantes.
Excepcionalmente, en aquellos supuestos en los que la solicitud electrónica no resulte
posible o si el organismo que debe expedir dicha certificación no se encuentra en el
ámbito del SIGP, el certificado deberá ser cumplimentado por la máxima autoridad de
gestión de recursos humanos.
El certificado de requisitos y méritos se cumplimentará en el modelo incluido en el
anexo VI.

cve: BOE-A-2024-675
Verificable en https://www.boe.es

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