III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Registro Civil. Gestión informatizada. (BOE-A-2024-681)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Trujillo, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3775

acordar la entrada en servicio de DICIREG en la Oficina General del Registro Civil de
Trujillo y en las oficinas colaboradoras del Registro Civil pertenecientes a su partido
judicial de Aldeacentenera, Conquista de la Sierra, Deleitosa, Escurial, Garciaz,
Herguijuela, Ibahernando, Jaraicejo, La Aldea del Obispo, La Cumbre, Madroñera,
Miajadas, Plasenzuela, Puerto de Santa Cruz, Robledillo de Trujillo, Ruanes, Santa Ana,
Santa Cruz de la Sierra, Santa Marta de Magasca, Torrecillas de la Tiesa y Villamesías
que han de hacerlo simultáneamente con la referida Oficina General, en aplicación de lo
dispuesto en la Disposición adicional quinta de la Ley 20/2011, de 21 de julio.
Por tanto, conforme a la potestad conferida a la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública mediante las disposiciones transitorias cuarta, octava y décima de
la Ley 20/2011, de 21 de julio, que le facultan para dictar la resolución para la
implantación de la aplicación informática que haga posible el comienzo de las
previsiones de dicha ley, dispongo:
Primero.
1. Se aprueba la entrada en servicio efectiva, en las oficinas del Registro Civil del
partido judicial de Trujillo, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Trujillo
y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Aldeacentenera, Conquista de la
Sierra, Deleitosa, Escurial, Garciaz, Herguijuela, Ibahernando, Jaraicejo, La Aldea del
Obispo, La Cumbre, Madroñera, Miajadas, Plasenzuela, Puerto de Santa Cruz,
Robledillo de Trujillo, Ruanes, Santa Ana, Santa Cruz de la Sierra, Santa Marta de
Magasca, Torrecillas de la Tiesa y Villamesías, de la aplicación informática denominada
DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil
conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, a las 00:00
horas del 19 de febrero de 2024.
2. El Ministerio de Justicia proveerá, en cuanto al posterior desarrollo tecnológico
evolutivo, explotación y mantenimiento, de la aplicación informática DICIREG.
3. A partir de la fecha de entrada en servicio, la Encargada y el personal que presta
servicio en las Oficinas reseñadas, deberán emplear dicha aplicación informática para la
gestión, tramitación procedimental y práctica de asientos en el Registro Civil.

1. A partir de dicha entrada en servicio efectiva de la aplicación DICIREG, el
Registro Civil de Trujillo pasará a denominarse Oficina General del Registro Civil de
Trujillo y los Registros Civiles Municipales Delegados de Aldeacentenera, Conquista de
la Sierra, Deleitosa, Escurial, Garciaz, Herguijuela, Ibahernando, Jaraicejo, La Aldea del
Obispo, La Cumbre, Madroñera, Miajadas, Plasenzuela, Puerto de Santa Cruz,
Robledillo de Trujillo, Ruanes, Santa Ana, Santa Cruz de la Sierra, Santa Marta de
Magasca, Torrecillas de la Tiesa y Villamesías pasarán a denominarse oficinas
colaboradoras del Registro Civil de Aldeacentenera, Conquista de la Sierra, Deleitosa,
Escurial, Garciaz, Herguijuela, Ibahernando, Jaraicejo, La Aldea del Obispo, La Cumbre,
Madroñera, Miajadas, Plasenzuela, Puerto de Santa Cruz, Robledillo de Trujillo, Ruanes,
Santa Ana, Santa Cruz de la Sierra, Santa Marta de Magasca, Torrecillas de la Tiesa y
Villamesías, según resultan creadas en virtud de lo dispuesto en la disposición transitoria
octava y en la disposición adicional quinta, ambas de la Ley 20/2011, de 21 de julio, y
serán de aplicación las demás previsiones contenidas en dicha ley.
2. Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil, que desarrolle
la Ley 20/2011, de 21 de julio, será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de
septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la
que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la
aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la
Ley 20/2011, de 21 de julio, modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la
Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones,

cve: BOE-A-2024-681
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Segundo.