III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-690)
Orden CNU/1459/2023, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11

Viernes 12 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3951

relevancia y contribución a la generación de conocimiento y la generación de ideas
e hipótesis y resultados. Se valorarán también las aportaciones del candidato/a a
la sociedad tales como actividades de desarrollo tecnológico y de innovación;
desarrollo de herramientas (software) y/o datos en acceso abierto; actividades de
divulgación, colaboración con la industria y el sector privado, entidades,
instituciones públicas y otros usuarios finales de la investigación; la obtención de
premios, menciones y distinciones científicas y tecnológicas y cualquier otra
aportación que permita valorar la relevancia de los diferentes aspectos de la
actividad investigadora desarrollada.
2. Liderazgo e independencia. Se valorará el liderazgo y el grado de
independencia investigadora adquirida por el candidato/a a lo largo de su
trayectoria investigadora, reflejado en el liderazgo de sus contribuciones
científicas; la capacidad para liderar líneas y grupos de investigación; la
participación en proyectos de investigación como investigador/a principal; la
captación de recursos, incluida la financiación a través del liderazgo en acciones
relacionadas con programas y proyectos nacionales y/o internacionales o los
financiados por empresas y otras entidades privadas; la dirección de tesis
doctorales y cualquier otra experiencia científica y profesional de relevancia.
3. Movilidad e Internacionalización. Se valorará la movilidad e
internacionalización del candidato/a en términos de la relevancia de las estancias
en entidades nacionales e internacionales, atendiendo al prestigio de la entidad de
recepción de la estancia, a las aportaciones del candidato/a a las líneas de trabajo
del centro y grupo/s con los que ha trabajado; colaboraciones con grupos
internacionales; participación en consorcios internacionales y cualquier otra
experiencia internacional de relevancia.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a
efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga
mayor puntuación en la valoración del criterio 1. Si el empate permanece, éste se
resolverá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de
los criterios 2 y 3 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará
persistiendo, el empate se resolverá a favor de la solicitud que primero hubiera
sido presentada o mediante sorteo celebrado ante el órgano instructor, según se
determine en la convocatoria.
6.

Actuaciones para la incorporación de personal investigador a empresas,
centros tecnológicos, asociaciones empresariales y parques científicos y
tecnológicos [artículo 7.2.a).2.º, iv]
Convocatoria: Contratos Torres Quevedo

1.

Trayectoria científico-técnica del candidato/a.

Puntuación

0-30

1.1

Aportaciones científico-técnicas del candidato/a.

0-10

1.2

Movilidad e internacionalización.

0-5

1.3

Grado de independencia y liderazgo.

0-5

1.4 Adecuación del candidato/a las actividades de investigación a
desarrollar.

0-10

2. Calidad, viabilidad y relevancia científico-tecnológica de la actividad
propuesta.

0-20

3.

0-50

Impacto.

cve: BOE-A-2024-690
Verificable en https://www.boe.es

Criterios de Evaluación