III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Ayudas. (BOE-A-2024-690)
Orden CNU/1459/2023, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponde a la Agencia Estatal de Investigación.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 11
Viernes 12 de enero de 2024
1.
Sec. III. Pág. 3949
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. Se valorará el
expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a.
1.2 Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a
desarrollar. Se valorará la adecuación del candidato/a las actividades de
investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas. Para
ello, se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización de la actividad
representará en su carrera técnico-investigadora, así como el valor aportado al
centro y equipo receptor.
2.
Impacto.
2.1 Impacto sobre la actividad científica del centro de destino o sobre los
servicios de I+D+i de la entidad. Se valorará el impacto esperado de la actividad a
desarrollar por el candidato/a en el fortalecimiento y/o diversificación de las líneas
de investigación del centro receptor y sus resultados; el fortalecimiento de las
actividades de I+D+i, incluyendo su impacto sobre los resultados científicotécnicos y la divulgación de los mismos, sobre las actividades de transferencia de
tecnología, sobre la mejora de la prestación de servicios de I+D+i, y de la gestión
de los laboratorios o infraestructuras, así como sobre la mejora de las actividades
de I+D+i a desarrollar en colaboración con los usuarios de la entidad, centro,
infraestructura o unidad receptora y la comunidad investigadora en general.
2.2 Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y
profesional del candidato/a. Se valorará el impacto esperado de la actuación en la
formación, la empleabilidad o la trayectoria académica y profesional del
candidato/a, la experiencia que se va a adquirir en la actividad realizada, el
interés, aplicabilidad y proyección de futuro de dicha actividad, así como la
relevancia o prestigio científico de la unidad donde se desarrolle la misma.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a
efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga
mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 2, 2.1, 2.2, 1, 1.1
y 1.2 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el
empate se resolverá a favor de la solicitud que hubiera cumplimentado el
formulario de solicitud en primer lugar o mediante sorteo celebrado ante el órgano
instructor, según se determine en la convocatoria.
4.
Actuaciones de incorporación de personal investigador al Sistema Español de
Ciencia, Tecnología e Innovación [artículo 7.2.a).2.º, ii]
Convocatoria: Contratos Ramón y Cajal y otros contratos de acceso al SECTI
1.
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
Puntuación
0-100
1.1
Aportaciones científico-técnicas del candidato/a.
0-55
1.2
Movilidad e internacionalización.
0-20
1.3
Grado de independencia y liderazgo.
0-25
1.
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. Se valorarán las
aportaciones científicas del candidato/a, su relevancia y contribución a la
generación de conocimiento, la generación de ideas e hipótesis y los resultados
conseguidos. También se valorará la relevancia de las contribuciones del
cve: BOE-A-2024-690
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación
Núm. 11
Viernes 12 de enero de 2024
1.
Sec. III. Pág. 3949
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. Se valorará el
expediente académico y otros méritos curriculares del candidato/a.
1.2 Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a
desarrollar. Se valorará la adecuación del candidato/a las actividades de
investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas. Para
ello, se tendrá en cuenta el valor añadido que la realización de la actividad
representará en su carrera técnico-investigadora, así como el valor aportado al
centro y equipo receptor.
2.
Impacto.
2.1 Impacto sobre la actividad científica del centro de destino o sobre los
servicios de I+D+i de la entidad. Se valorará el impacto esperado de la actividad a
desarrollar por el candidato/a en el fortalecimiento y/o diversificación de las líneas
de investigación del centro receptor y sus resultados; el fortalecimiento de las
actividades de I+D+i, incluyendo su impacto sobre los resultados científicotécnicos y la divulgación de los mismos, sobre las actividades de transferencia de
tecnología, sobre la mejora de la prestación de servicios de I+D+i, y de la gestión
de los laboratorios o infraestructuras, así como sobre la mejora de las actividades
de I+D+i a desarrollar en colaboración con los usuarios de la entidad, centro,
infraestructura o unidad receptora y la comunidad investigadora en general.
2.2 Impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria académica y
profesional del candidato/a. Se valorará el impacto esperado de la actuación en la
formación, la empleabilidad o la trayectoria académica y profesional del
candidato/a, la experiencia que se va a adquirir en la actividad realizada, el
interés, aplicabilidad y proyección de futuro de dicha actividad, así como la
relevancia o prestigio científico de la unidad donde se desarrolle la misma.
Desempate. En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a
efectos de resolver el empate, este se dirimirá a favor de la solicitud que tenga
mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios 2, 2.1, 2.2, 1, 1.1
y 1.2 anteriores, según el orden en el que se citan. Si continuará persistiendo, el
empate se resolverá a favor de la solicitud que hubiera cumplimentado el
formulario de solicitud en primer lugar o mediante sorteo celebrado ante el órgano
instructor, según se determine en la convocatoria.
4.
Actuaciones de incorporación de personal investigador al Sistema Español de
Ciencia, Tecnología e Innovación [artículo 7.2.a).2.º, ii]
Convocatoria: Contratos Ramón y Cajal y otros contratos de acceso al SECTI
1.
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
Puntuación
0-100
1.1
Aportaciones científico-técnicas del candidato/a.
0-55
1.2
Movilidad e internacionalización.
0-20
1.3
Grado de independencia y liderazgo.
0-25
1.
Trayectoria científico-técnica del candidato/a.
1.1 Aportaciones científico-técnicas del candidato/a. Se valorarán las
aportaciones científicas del candidato/a, su relevancia y contribución a la
generación de conocimiento, la generación de ideas e hipótesis y los resultados
conseguidos. También se valorará la relevancia de las contribuciones del
cve: BOE-A-2024-690
Verificable en https://www.boe.es
Criterios de evaluación