II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Nombramientos. (BOE-A-2024-639)
Resolución de 4 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, para la estabilización de empleo temporal, en el Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social, la Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social, el Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social, el Subgrupo Técnico del grupo de Administración General a extinguir, el Subgrupo de Gestión del Grupo de Administración General a extinguir y el Cuerpo Auxiliar de la Administración de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 10

Jueves 11 de enero de 2024

Sec. II.A. Pág. 3362

Segundo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre («Boletín Oficial del Estado» del día 31), para adquirir la condición de
personal funcionario de carrera deberán prestar acto de acatamiento de la Constitución,
de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril. La toma
posesión de sus destinos se deberá efectuar en el plazo de quince días naturales a partir
de la publicación del nombramiento, que será de un mes cuando suponga cambio de
localidad de residencia, de acuerdo con el artículo 114.12 del Real Decreto-ley 6/2023,
de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia,
función pública, régimen local y mecenazgo.
Tercero.
Esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante esta Secretaría de Estado en el plazo de un mes, a
contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien podrá ser impugnada
directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en
el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 11.1.a) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa de 13 de julio de 1998.

cve: BOE-A-2024-639
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Madrid, 4 de enero de 2024.–La Secretaria de Estado de Función Pública, Lidia
Sánchez Milán.