V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2024-687)
Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Albacete, por el que se somete al trámite de Información Pública el Estudio de Impacto Ambiental, la Solicitud de Autorización Administrativa Previa, la Solicitud de Autorización Administrativa de Construcción y la Solicitud de Declaración de Utilidad Pública del Proyecto de ejecución de la planta fotovoltaica "FV Hibridación PE Majales", de 54,755 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para hibridar con el parque eólico Majales de 49,5 MW de potencia instalada, en la provincia de Albacete. PEol-FV-117.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 11 de enero de 2024

Sec. V-B. Pág. 1224

A. "FV Hibridación PE Majales":
Ubicación: Alcaraz, Casas de Lázaro y Masegoso; Albacete (ver RBDA del
anexo).
Superficie vallado: 107,73 ha.
Superficie vallado + barrera vegetal: 111,91 ha.
N.º módulos y potencia: 97.776 módulos solares fotovoltaicos de 560 Wp.
Seguidor horizontal (1V).
Inversores y potencia: 18 inversores (Ingecon Sun 3700TL C615).
Bloques de potencia: 8 bloques de potencia de 2 inversores y 1 transformador
de 6,62 MVA, y 2 bloques de potencia con 1 inversor y 1 transformador de 3,31
MVA.
Potencia pico: 54,755 MWp.
Potencia total inversor (máxima/cos phi=1): 59,436 MVA.
Potencia limitada en el punto de conexión: 49,500 MW.
B. Líneas subterráneas y aéreas de evacuación en 30 kV hasta la "Ampliación
Subestación Torviscal 132/30-12 kV.
· Presupuesto (€): Presupuesto de ejecución material: 21.234.991,38 €.
· Finalidad: Generación de energía eléctrica de origen fotovoltaico de manera
combinada con la procedente del parque eólico existente, de cara a optimizar el
vertido a red.
La solicitud de Autorización Administrativa Previa y de Construcción, y la
Declaración de Utilidad Pública del presente proyecto, cuya aprobación es
competencia de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio
para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y que se encuentra sujeta al
procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, está sometida al
trámite de información pública, realizándose de manera conjunta dicha información
pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental, conforme al artículo 36 de
la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
La declaración de la utilidad pública de la instalación llevará implícita los
efectos incluidos en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
La solicitud de Declaración de Utilidad Pública incluye la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos que el solicitante considera de necesaria
expropiación, dicha relación concreta e individualizada de bienes y derechos
afectados se incluye en el anexo.
Lo que se hace público para conocimiento general y para que pueda ser
examinado el Proyecto, el Estudio de Impacto Ambiental y la relación concreta e
individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de
expropiación forzosa del pleno dominio o para la imposición de servidumbre de
paso de energía eléctrica (expediente PEol-FV-117) en esta Dependencia de

cve: BOE-B-2024-687
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Núm. 10