III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2024-624)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Mapfre, en el ámbito de la conservación y restauración de arte contemporáneo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9

Miércoles 10 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3321

Tercera. Obligaciones del MNCARS.
3.1 Como organizador del Proyecto, el MNCARS se compromete, a aplicar la
cantidad aportada por Fundación Mapfre al objeto del convenio.
Además, el MNCARS asume con respecto a la Fundación el compromiso de difundir por
cualquier medio la colaboración prestada por aquélla en las actividades que desarrolle en
cumplimiento de su finalidad y que motivan este convenio. La difusión de la colaboración de
la Fundación por parte del MNCARS no constituirá una prestación de servicios.
3.2 En particular, para asegurar dicha difusión el MNCARS llevará a cabo las
siguientes acciones:
– Potenciar la difusión y comunicación nacional e internacional de la participación de
Fundación Mapfre a través de medios, tales como la inclusión del logotipo de Fundación
Mapfre en los paneles destinados al reconocimiento situados en los hall de entrada de
los edificios Sabatini y Nouvel del MNCARS; la mención del colaborador en la memoria
anual de actividades publicada y editada por el MNCARS, incluir el logotipo del
colaborador en el apartado web dedicado a colaboradores y al Proyecto en la página
web del MNCARS, así como incluir la mención «Restauración realizada con la
colaboración de Fundación Mapfre» en la cartela de las obras que han sufrido un
proceso de conservación o restauración.
– Incluir el logotipo de Fundación Mapfre en los materiales de difusión propios del
MNCARS de los proyectos culturales a los que se vincule la colaboración (ej., folletos,
hojas de sala, publicaciones, entre otros).
Cuarta.

Uso de logotipos e imagen.

4.1 Todos los soportes gráficos (logotipo) necesarios para las inserciones del nombre
Fundación Mapfre en los medios de difusión empleados por el MNCARS serán facilitados por
Fundación Mapfre y el MNCARS no podrá alterarlos ni modificarlos sin el previo consentimiento
de la otra parte, ni utilizarlos para fines distintos a los pactados en el presente convenio.
4.2 Cualquier material de difusión derivado de la ejecución del presente convenio
que deba ser sometido a la supervisión y aprobación por Fundación Mapfre deberá ser
remitido por el MNCARS con una antelación suficiente que permita la adecuada revisión.
Tales revisiones deberán realizarse por Fundación Mapfre en el menor tiempo posible a
fin de agilizar al máximo los procesos de edición del MNCARS.
4.3 El uso de la imagen de Fundación Mapfre en cualquier medio de difusión o soporte
publicitario o informativo por parte de MNCARS requerirá el visto bueno previo y expreso de
Fundación Mapfre, designándose a tal fin a doña Marilú Roldán Mariscal (telf. +34
915814451; e-mail: MARIROL@fundacionmapfre.org) como interlocutora a dichos efectos.
4.4 El uso de la imagen del MNCARS en cualquier medio de difusión o soporte
publicitario o informativo por parte de la Fundación Mapfre requerirá el visto bueno previo y
expreso del MNCARS designándose a tal fin a doña Aurora Mediavilla Marcos (telf. Tel: +34
91 774 1000 – Ext. 2024 M. +34 686 652 345; e-mail: aurora.mediavilla@museoreinasofia.es)
como interlocutora a dichos efectos.
Protección de datos de carácter personal.

5.1 En el tratamiento de datos personales que se realice con la finalidad de
suscribir y ejecutar el convenio, ambas partes adecuarán sus actuaciones al Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la
Directiva 95/46/CE, y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
5.2 Los datos de carácter personal de los firmantes del convenio serán tratados por
el MNCARS e incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento, cuya base
legal es la suscripción y ejecución del convenio.

cve: BOE-A-2024-624
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.