I. Disposiciones generales. MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2024-526)
Real Decreto 3/2024, de 9 de enero, por el que se reestructuran las Subsecretarías de los departamentos ministeriales.
3 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 10 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 3114

Subsecretaría de Trabajo y Economía Social.
Subsecretaría de Industria y Turismo.
Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Subsecretaría de Política Territorial y Memoria Democrática.
Subsecretaría para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Subsecretaría de Vivienda y Agenda Urbana.
Subsecretaría de Cultura.
Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa.
Subsecretaría de Sanidad.
Subsecretaría de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Subsecretaría de Ciencia, Innovación y Universidades.
Subsecretaría de Igualdad.
Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Subsecretaría de Juventud e Infancia.
Disposición adicional primera.

Supresión de órganos.

Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos:
Subsecretaría de Hacienda y Función Pública.
Subsecretaría de Transformación Digital.
Disposición adicional segunda.

Referencias a los órganos suprimidos.

Las referencias del ordenamiento jurídico a los órganos que, por este real decreto, se
suprimen se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los
sustituyen o asumen sus competencias.
Disposición adicional tercera.

Delegación de competencias.

1. Las delegaciones de competencias otorgadas en favor de los órganos directivos
afectados por este real decreto, así como las que hubieran podido efectuar estos en
favor de otros órganos, continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o
nuevamente otorgadas.
2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud
del apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos por este
real decreto, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos
en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.
Disposición transitoria primera.

Subsistencia de estructuras vigentes.

1. Los órganos directivos y unidades dependientes de las Subsecretarías que se
suprimen por este real decreto subsistirán y mantendrán su denominación, estructura y
funciones en tanto no se realicen las oportunas modificaciones organizativas.
2. El personal que resulte afectado por las modificaciones orgánicas establecidas en
este real decreto seguirá percibiendo la totalidad de sus retribuciones con cargo a los
créditos a los que aquellas venían imputándose, hasta que se adopten las disposiciones y
medidas de desarrollo y se proceda a las correspondientes adaptaciones presupuestarias.
Disposición transitoria segunda.

Titulares de órganos suprimidos.

Los titulares de los órganos superiores y directivos suprimidos por el Real
Decreto 1230/2023, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 829/2023,
de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, o por el
presente real decreto, mantendrán la condición de alto cargo, desempeñando sus funciones
de dirección de los servicios adscritos a los mismos, en tanto no se acuerde su cese.

cve: BOE-A-2024-526
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 9