III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-622)
Orden APA/2/2024, de 3 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de hortalizas al aire libre, ciclo primavera-verano, en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, comprendido en el Cuadragésimo Quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
40 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9
Miércoles 10 de enero de 2024
Sec. III. Pág. 3284
ANEXO I
I.1
Daños cubiertos para cada riesgo y cultivo
Daños cubiertos
Riesgos cubiertos
Tomate de industria
Ciclos 6 y 7
Sandía
Pimiento
Resto de cultivos
Pedrisco (1).
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Helada.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Fauna silvestre.
Incendio.
Inundación-Lluvia
torrencial.
Lluvia persistente.
Viento huracanado.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Ahuecado.
Calidad.
No cubierto.
No cubierto.
No cubierto.
Virosis.
No cubierto.
Reposición y
Levantamiento (2).
No cubierto.
No cubierto.
Podredumbre apical.
Golpe de calor.
No cubierto.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
No cubierto.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades climáticas.
(1) Los daños en calidad ocasionados por el riesgo de pedrisco, en los cultivos de cebolla, cebolleta, melón y sandia se valoraran según el destino de la
producción elegido en cada una de las parcelas.
(2) Para el tomate de industria ciclos 6 y 7, la indemnización por levantamiento de cultivo se calculará considerando el menor entre la producción asegurada, la
producción real esperada y 100.000 kg/ha para riego localizado o 90.000 kg/ha para el resto de sistemas de riego.
I.2
Módulos de aseguramiento
Módulo 1
Garantía
Riesgos cubiertos
Cálculo de la indemnización
Producción.
Pedrisco.
Helada (1).
Riesgos excepcionales (2).
Resto de adversidades climáticas (3).
Explotación (comarca).
Instalaciones.
Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.
Parcela.
Módulo 2
Riesgos cubiertos
Cálculo de la indemnización
Pedrisco.
Producción.
Instalaciones.
Helada (1).
Riesgos excepcionales (2).
Parcela.
Elegible.
Parcela.
Explotación.
Resto de adversidades climáticas (3).
Explotación (comarca).
Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.
Parcela.
cve: BOE-A-2024-622
Verificable en https://www.boe.es
Garantía
Núm. 9
Miércoles 10 de enero de 2024
Sec. III. Pág. 3284
ANEXO I
I.1
Daños cubiertos para cada riesgo y cultivo
Daños cubiertos
Riesgos cubiertos
Tomate de industria
Ciclos 6 y 7
Sandía
Pimiento
Resto de cultivos
Pedrisco (1).
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Helada.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Fauna silvestre.
Incendio.
Inundación-Lluvia
torrencial.
Lluvia persistente.
Viento huracanado.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Ahuecado.
Calidad.
No cubierto.
No cubierto.
No cubierto.
Virosis.
No cubierto.
Reposición y
Levantamiento (2).
No cubierto.
No cubierto.
Podredumbre apical.
Golpe de calor.
No cubierto.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
No cubierto.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Cantidad y calidad.
Riesgos excepcionales.
Resto de adversidades climáticas.
(1) Los daños en calidad ocasionados por el riesgo de pedrisco, en los cultivos de cebolla, cebolleta, melón y sandia se valoraran según el destino de la
producción elegido en cada una de las parcelas.
(2) Para el tomate de industria ciclos 6 y 7, la indemnización por levantamiento de cultivo se calculará considerando el menor entre la producción asegurada, la
producción real esperada y 100.000 kg/ha para riego localizado o 90.000 kg/ha para el resto de sistemas de riego.
I.2
Módulos de aseguramiento
Módulo 1
Garantía
Riesgos cubiertos
Cálculo de la indemnización
Producción.
Pedrisco.
Helada (1).
Riesgos excepcionales (2).
Resto de adversidades climáticas (3).
Explotación (comarca).
Instalaciones.
Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.
Parcela.
Módulo 2
Riesgos cubiertos
Cálculo de la indemnización
Pedrisco.
Producción.
Instalaciones.
Helada (1).
Riesgos excepcionales (2).
Parcela.
Elegible.
Parcela.
Explotación.
Resto de adversidades climáticas (3).
Explotación (comarca).
Todos los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático.
Parcela.
cve: BOE-A-2024-622
Verificable en https://www.boe.es
Garantía