III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-622)
Orden APA/2/2024, de 3 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de hortalizas al aire libre, ciclo primavera-verano, en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, comprendido en el Cuadragésimo Quinto Plan de Seguros Agrarios Combinados.
40 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 9

Miércoles 10 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 3311

ANEXO IV
Periodos de garantías
Garantía

Período de garantías

Riesgos

Inicio

Final

Pedrisco.
Helada.
Fauna silvestre.
Incendio.

– Para trasplantes: El arraigue.
– Para siembra directa: La 1.ª hoja
verdadera.

Inundación - Lluvia
torrencial.
Riesgos
excepcionales.
Producción.

Lluvia persistente.
Viento huracanado.
Ahuecado en sandía.
Virosis.
Podredumbre apical.

Golpe de calor.

Resto de Adversidades climáticas.

Instalaciones.

Todos los cubiertos en la garantía a la
producción.

Fecha más temprana entre:
– Recolección.
– Sobremadurez.
– Fecha límite de garantías (según cultivos en
anexo III).
– Para la virosis:10 semanas tras el arraigue o la
1.ª hoja verdadera si es de siembra directa.
– Para cebolleta cuando más del 30 % de las
unidades de la parcela tengan un diámetro mayor
a 70 mm.

Frutos de tamaño mayor a 2 cm de
diámetro ecuatorial.
Reposición y levantamiento:
Para trasplantes: el arraigue.
Siembra:1.ªhoja verdadera.
Daños: Según lo especificado por
cultivos en el anexo IV.1 y IV.2.

Fecha más temprana entre:
– Recolección.
– Sobremadurez.
– Fecha límite de garantías (según cultivos en
anexo III).
– Para el riesgo de golpe de calor y el del
asolanado de los frutos, una vez realizada la
primera recolección.

Toma de efecto.

Fecha más temprana entre:
– Toma de efecto del seguro del año siguiente.
– 12 meses desde inicio de garantías.

IV.1

Inicio de garantías

Hortalizas de recolección única
Inicio de garantías

Achicoria-raíz para endibia.

Comienzo del engrosamiento de las raíces.

Achicoria-raíz para molturación.

Comienzo del engrosamiento de las raíces.

Cebolla.

Diámetro medio superior a 3 cm.

Cebolleta.

Diámetro medio superior a 3 cm.

Puerro.

Inicio de la formación del bulbo.

Resto hortalizas aprovechamiento raíz.

Comienzo del engrosamiento de las raíces. Diámetro de la misma mayor a 0,5 cm.

cve: BOE-A-2024-622
Verificable en https://www.boe.es

Cultivo