III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2024-483)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda para el curso escolar 2023/2024 al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad de Castilla y León, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2762

establecimiento de los oportunos mecanismos de respuesta al ejercicio de derechos por
parte de los interesados.
Sobre el Ejército de Tierra o el Ejército del Aire, en su caso, recaen las
responsabilidades que se deriven de la condición de encargado del tratamiento de los
datos personales.
Si el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, la
Consejería de Educación de la Junta de Castilla y León, el Ejército de Tierra o el Ejército
del Aire, destinasen o tratasen los datos personales a una finalidad distinta de la prevista
en la adenda, los comunicaran o los utilizaran incumpliendo lo estipulado en el mismo y/o
la normativa de protección de datos personales, cada una de las partes responderá de
las responsabilidades que deriven de los daños y perjuicios en que incurra, a fin de
garantizar la indemnización efectiva de los interesados, sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 82.5 del RGPD europeo.
Las garantías que se establecen respecto a los datos personales serán eficaces
durante la vigencia de la presente adenda.
Sexta.

Eficacia.

Con arreglo a lo establecido en la disposición final 2.1 del Real Decreto-ley 36/2020,
de 30 de diciembre, que modifica el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, los convenios se perfeccionan por la prestación del
consentimiento de las partes. Esta adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo
de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será
publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado», sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la
comunidad autónoma.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, su vigencia se extenderá hasta el 31 de
agosto de 2024.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda a un solo
efecto.–La Ministra de Defensa, Margarita Robles Fernández.–La Ministra de Educación y
Formación Profesional, Pilar Alegría Continente.–La Consejera de Educación de la Junta de
Castilla y León, Rocío Lucas Navas.
ANEXO I
Titulaciones a impartir

– Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
– Técnico Superior en Administración y Finanzas.
– Técnico Superior en Mantenimiento Aeromecánico de Aviones con Motor de
Turbina.
– Técnico Superior en Mantenimiento de Sistemas Electrónicos y Aviónicos en
Aeronaves.
– Técnico en Sistemas Microinformáticos y Redes.
– Técnico en Emergencias Sanitarias.
– Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas.
Academia de Caballería del Ejército de Tierra de Valladolid:
– Técnico Superior en Asistencia a la Dirección.

cve: BOE-A-2024-483
Verificable en https://www.boe.es

Academia Básica del Aire de León: