III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Convenio. (BOE-A-2024-478)
Resolución de 3 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda para el curso escolar 2023/2024 al Convenio entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros docentes militares de formación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2728

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para
obligarse y convenir y
EXPONEN
Primero.
Que el 23 de noviembre de 2022 se suscribió el Convenio entre el Ministerio de
Defensa, el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Junta de Comunidades
de Castilla-La Mancha, para impartir enseñanzas de formación profesional en los centros
docentes militares de formación.
Segundo.
Que la cláusula séptima del citado convenio establece la creación de una comisión
de seguimiento, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades
docentes a realizar, así como proponer para cada curso escolar las titulaciones a
impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.
Tercero.
Que, según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio
de Defensa transferir a la administración educativa de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha el importe correspondiente al coste del personal docente que preste
servicios en los centros docentes militares de formación.
Cuarto.
Que, según establece la cláusula sexta del convenio, las autoridades firmantes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, acordarán mediante adenda la cuantía máxima
a transferir para la liquidación de las obligaciones económicas, de conformidad con las
titulaciones impartidas, el número de personal docente y de alumnos que participan, y
teniendo en cuenta a estos efectos el régimen retributivo aplicable en ese momento en
cumplimiento de la Ley de Presupuestos vigente.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de la adenda.

Segunda.

Titulaciones a impartir.

En el anexo I se determinan las titulaciones a impartir durante el periodo cubierto por
esta adenda.
Tercera. Aportaciones de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha.
En el anexo II se determina el personal docente necesario aportado por la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.

cve: BOE-A-2024-478
Verificable en https://www.boe.es

El objeto de esta adenda es determinar, para el curso escolar 2023-2024, las
titulaciones de formación profesional a impartir en la Academia de Infantería del Ejército
de Tierra de Toledo, el número de profesores necesarios para impartir dichas titulaciones
y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos ocasionados a la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.