III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Becas. (BOE-A-2024-497)
Orden DEF/1455/2023, de 27 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas para la obtención del Certificado Profesional de Transporte Sanitario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 8

Martes 9 de enero de 2024

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DEFENSA
Orden DEF/1455/2023, de 27 de diciembre, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de becas para la obtención del
Certificado Profesional de Transporte Sanitario.

La disposición transitoria primera del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el
que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional dispone que,
hasta tanto no se proceda reglamentariamente a su modificación, permanecerá vigente
la ordenación de los certificados de profesionalidad recogida en cada uno de los reales
decretos por los que se establecen y su oferta quedará integrada en los grados C del
Sistema de Formación Profesional con la denominación de certificados profesionales. En
este sentido, el Certificado Profesional de Transporte Sanitario, es uno de los certificados
de profesionalidad regulados por el Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo, por el que se
establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Sanidad que se
incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
La formación en Cruz Roja Española se desarrolla, desde sus inicios, para capacitar
a sus miembros y lograr una intervención más eficaz, como una manera de formar y
sensibilizar a la población en sus áreas de actuación y para facilitar la inserción de los
colectivos vulnerables. En este sentido, Cruz Roja Española organiza cursos para la
obtención del Certificado Profesional de Transporte Sanitario en los centros de formación
que dispone en diferentes localidades del territorio nacional. La colaboración iniciada
en 2004 con el Convenio Marco firmado por el Ministerio de Defensa y Cruz Roja
Española, y los sucesivos Planes de Acción renovados año a año desde entonces, ha
permitido un intercambio formativo constante entre las dos instituciones. Asimismo la
experiencia acumulada en los distintos procesos realizados desde el Curso
lectivo 2019-2020 hasta la actualidad, han reafirmado la validez de las colaboraciones
entre ambas. Esta formación ha ido adquiriendo mayor importancia en las estructuras
organizativas, repercutiendo significativamente en el incremento del número de alumnos
que se han beneficiado de la misma, así como en el número de docentes y personal
administrativo de los diferentes centros de formación autonómicos, provinciales y locales
de todo el territorio nacional.
El Certificado Profesional de Transporte Sanitario consta de cuatro módulos formativos
y uno práctico, que suman una carga lectiva de 560 horas. Con la obtención del certificado
profesional se alcanzan las competencias de mantener preventivamente el vehículo
sanitario y controlar la dotación material del mismo, de prestar al paciente soporte vital
básico y apoyo al soporte vital avanzado, de trasladar al paciente al centro sanitario útil y
de aplicar técnicas de apoyo psicológico y social al paciente y sus familiares.
La formación que se adquiere al obtener este certificado profesional garantiza el
apoyo sanitario a las Unidades, proporcionado, al mismo tiempo, al personal sanitario de
tropa que lo obtenga una titulación homologada con pleno respaldo legal.
Esta orden ministerial se adecua a los principios de buena regulación a que se refiere
el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. En cuanto a los principios de necesidad y
eficacia, busca satisfacer la necesidad perentoria del Ejército de Tierra de disponer de
personal no facultativo adecuadamente formado en el campo sanitario para contribuir a
la seguridad de las actividades de instrucción y adiestramiento de las unidades. Por otra
parte y como se ha demostrado durante la pandemia provocada por el COVID-19,
disponer de personal profesional de tropa cualificado en servicio activo y con una
titulación reglada que permita conducir ambulancias supone un potencial refuerzo de
capacidades para otros servicios públicos. En cuanto al principio de proporcionalidad,

cve: BOE-A-2024-497
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