III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2024-412)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Fundación Archivo Manuel de Falla, para la realización de actividades culturales conjuntas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 8 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2154

II. Que en la cláusula novena del citado convenio se establece que este puede
prorrogarse expresamente en cualquier momento antes de su finalización por acuerdo de
los firmantes por un nuevo período de hasta cuatro años.
III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y es
voluntad de las mismas prorrogar el convenio de 21 de junio de 2023, vigente hasta el 31
de diciembre de 2023, por un periodo de un año más, hasta el 31 de diciembre de 2024.
IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda ha sido
informada favorablemente por el Servicio Jurídico del Instituto Cervantes.
V. Que la presente adenda ha sido objeto de la autorización prevista en el
artículo 50.2 c) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, con fecha 26 de diciembre
de 2023.
De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la
presente adenda de prórroga del convenio de 21 de junio de 2023, con arreglo a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

La presente adenda tiene por objeto prorrogar en 2024 las actividades de difusión y
promoción del proyecto.
Las partes, en el seno de la Comisión de Seguimiento, de acuerdo con lo establecido
en la cláusula séptima del convenio que se prorroga, acordarán las acciones concretas a
realizar durante la vigencia del convenio.
Segunda.

Prórroga del convenio.

Mediante la presente adenda las partes prorrogan el convenio suscrito el 21 de junio
de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024.
El resto de condiciones reguladas en el citado convenio permanecen vigentes.
Tercera. Eficacia de la presente adenda.
La presente adenda queda perfeccionada desde la fecha de la firma del último de los
signatarios y resultará eficaz desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación antes de la fecha de extinción del convenio.
Asimismo, esta adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2024-412
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda de prórroga del convenio en
las fechas indicadas.–Por el Instituto Cervantes, Luis Manuel García Montero, 28 de
diciembre de 2023.–Por la Fundación Archivo Manuel de Falla, Elena García de Paredes
de Falla, 28 de diciembre de 2023.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X