II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Técnico de Hacienda. (BOE-A-2024-403)
Resolución de 2 de enero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 8 de enero de 2024
3.2

Sec. II.B. Pág. 2122

Segunda Parte.

Consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de hora y media, un tema,
a elegir entre dos extraídos al azar, de entre los del anexo III.1.4 «Derecho Financiero y
Tributario Español», excluidos los temas números 1, 2, 3, 17, 21, 27, 28, 32, 37 y 38.
El tema deberá ser leído por el opositor, en sesión pública, ante el Tribunal.
Los ejercicios deberán escribirse de tal modo que permitan su lectura por cualquier
miembro de los Tribunales, evitando la utilización de abreviaturas o signos no usuales en
el lenguaje escrito.
A.2

Calificación de los ejercicios

1. La calificación de los ejercicios de la fase de oposición se realizará de la forma
siguiente:
Primer ejercicio.
Primera parte: Se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener 10 puntos
para superarlo.
Segunda parte: Se calificará de 0 a 3 puntos, independientemente de la modalidad a
la que se acojan las personas aspirantes.
En la modalidad presencial la calificación se otorgará en función del resultado de la
prueba. La puntuación se asignará al saldo positivo de las respuestas acertadas menos
las erróneas. Las no respondidas no computan y las erróneas no penalizan.
En la modalidad de acreditación de conocimientos mediante titulación, alternativa de
la anterior, la calificación será de 3 puntos para los aspirantes que presenten alguno de
los títulos que se recogen en el anexo VIII conforme al Marco Común Europeo de
Referencia para las Lenguas que se corresponda con un nivel B2 o superior del idioma
escogido y de 1,5 puntos cuando el título presentado se corresponda con un nivel B1.
La calificación del primer ejercicio vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de sus partes.
A los opositores que estuvieran exentos de la realización de este ejercicio y
ejercieran el derecho a la exención, se les computará con la calificación equivalente a la
que obtuvieron en el ejercicio del que se derive el derecho a la exención.
Segundo ejercicio.
Se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos
para superarlo.
A los opositores que estuvieran exentos de la realización de este ejercicio y
ejercieran el derecho a la exención, se les computará con la calificación equivalente a la
que obtuvieron en el ejercicio del que se derive el derecho a la exención.

Se calificará de 0 a 40 puntos, siendo necesario obtener 20 puntos para superar el
ejercicio.
Cada una de las partes se calificará de 0 a 20 puntos.
No se admitirá la compensación en el caso de que la calificación fuera inferior a 8
puntos en alguna de las dos partes.
El Tribunal podrá publicar las listas de los aspirantes que hayan igualado o superado
la calificación mínima de 8 puntos en la primera parte del tercer ejercicio y que,
consecuentemente, pueden realizar la lectura del tema escrito.
2. Para la calificación de los ejercicios el Tribunal evaluará el conocimiento de los
aspirantes manifestado en sus respuestas a las cuestiones planteadas, valorando su

cve: BOE-A-2024-403
Verificable en https://www.boe.es

Tercer ejercicio.