III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. Términos municipales. (BOE-A-2024-445)
Decreto 208/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueba la alteración de los términos municipales de Sagàs y de Santa Maria de Merlès.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 7

Lunes 8 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 2358

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
Decreto 208/2023, de 28 de noviembre, por el que se aprueba la alteración
de los términos municipales de Sagàs y de Santa Maria de Merlès.

El día 3 de octubre de 2019, el Pleno del Ayuntamiento de Sagàs acordó, por mayoría
absoluta del número legal de miembros de la corporación, iniciar un expediente de
alteración entre los términos municipales de Sagàs y de Santa Maria de Merlès, con el fin
de modificar el trazado de la línea de término en el tramo que discurre por el ámbito de las
casas de Cal Costet y de Cal Ferrer, para adaptarla a la realidad geográfica y urbanística
actual, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del texto refundido de la Ley
municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 2/2003,
de 28 de abril, en relación con el supuesto que define el artículo 13.1.c).
El expediente se sometió a información pública sin que se presentaran alegaciones,
y a informe de los entes locales que no lo habían promovido. El Consejo Comarcal de
El Berguedà, por el Acuerdo del Pleno de 27 de mayo de 2020, la Diputación de
Barcelona, por el Decreto de la presidencia de 31 de julio de 2020, y el Ayuntamiento
de Santa Maria de Merlès, por el Acuerdo del Pleno de 15 de abril de 2021, emitieron
un informe favorable sobre el expediente de alteración de términos.
El Ayuntamiento de Sagàs, mediante el Acuerdo del Pleno de 8 de julio de 2021,
aprobó la procedencia de la alteración con el quorum legalmente establecido y, en
fecha 31 de octubre de 2021, en su condición de ente instructor del expediente, envió
una copia del mismo al Departamento de la Presidencia.
La Dirección General de Administración Local, en fecha 28 de marzo de 2023, una vez
examinada la documentación remitida, emitió un informe que declaraba la procedencia de la
alteración de acuerdo con los criterios fijados en el Decreto 244/2007, de 6 de noviembre,
por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las
entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña.
La Comisión de Delimitación Territorial, en la sesión de 11 de mayo de 2023, emitió
un informe favorable sobre el expediente.
El 16 de mayo de 2023 se puso en conocimiento de la Administración del Estado la
tramitación del expediente.
La Comisión Jurídica Asesora, reunida el 28 de septiembre de 2023, aprobó el
Dictamen sobre la alteración de los términos municipales de Sagàs y de Santa Maria de
Merlès, donde informa favorablemente el expediente.
Por todo ello, y teniendo en cuenta que hay consideraciones de orden geográfico,
demográfico, económico o administrativo que hacen necesaria o aconsejable la
alteración de términos, y que ambos ayuntamientos han adoptado acuerdos favorables al
respecto;
Considerando lo que disponen los artículos 11 a 19 del texto refundido de la Ley
municipal y de régimen local de Cataluña, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2003,
de 28 de abril, y los artículos 3, 8 y siguientes del Decreto 244/2007, de 6 de noviembre,
por el que se regula la constitución y la demarcación territorial de los municipios, de las
entidades municipales descentralizadas y de las mancomunidades de Cataluña;
De acuerdo con los informes favorables de la Dirección General de Administración
Local y de la Comisión de Delimitación Territorial;
A propuesta de la consejera de la Presidencia, de acuerdo con el dictamen de la
Comisión Jurídica Asesora y previa deliberación del Gobierno, decreto:
1. Aprobar la alteración de los términos municipales de Sagàs y de Santa Maria de
Merlès, mediante la modificación del trazado de un tramo de la línea de término y la

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