III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-381)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, para la organización de misiones inversas de compradores y prescriptores del sector porcino de capa blanca a celebrar en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Sábado 6 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1994

gastos efectuados por el Colaborador, y una Memoria técnica en la que se describan las
tareas realizadas en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del
presente convenio.
b) Por parte de ICEX:
– Convocar, a través de las Ofecomes en su caso, a los participantes extranjeros en
las Misiones Inversas.
– Seguimiento y supervisión de las agendas de los invitados.
– Seguimiento y supervisión de la organización de cada una de las actividades
relacionadas con las Misiones Inversas que se lleven a cabo bajo el presente convenio.
– Preparación de una Memoria económica comprensiva de los gastos efectuados
por ICEX, o documento equivalente disponible en el que igualmente consten los gastos
efectuados por ICEX, y una memoria técnica en la que se describan las tareas realizadas
en cada una de las Misiones Inversas organizadas al amparo del presente convenio.
Tercera. Compromiso económico.
El presupuesto total establecido para las Misiones Inversas objeto de este convenio
es de hasta sesenta y seis mil euros (66.000 euros). De los cuales:
– ICEX financiará hasta un importe máximo de cuarenta y tres mil euros (43.000 €)
de los gastos incurridos elegibles, definidos en la cláusula 4 del convenio, que hayan
sido generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
– Por su parte, el Colaborador financiará hasta un importe máximo de veintitrés mil
(23.000 €) de los gastos incurridos elegibles, definidos en la cláusula 4 del convenio, que
hayan sido generados por las Misiones Inversas ejecutadas.
Cuarta.

Gastos elegibles.

Con el importe previsto en la cláusula anterior, se financiarán los siguientes gastos
que pudieran darse en el marco de la ejecución de las Misiones Inversas llevadas a cabo
a través del presente convenio.
ICEX, con su aportación, financiará:
– El gasto de los desplazamientos internacionales de los misioneros hasta el primer
punto de destino en España;
– El alojamiento y demás gastos de manutención en dicho punto de destino;
– El desplazamiento hasta dicho alojamiento;
– Los gastos de viaje de una persona de ICEX que acompañe a la misión;
– Los seguros de viaje internacional y seguro de cancelación; y
– El desplazamiento internacional de retorno.

– Los gastos del viaje (incluidos alojamiento y demás gastos de manutención) que
se produzcan desde el primer punto de destino en España y en la zona destino de la
misión hasta la ciudad de salida del vuelo internacional de retorno;
– El alojamiento en la ciudad de salida si fuera necesario;
– El seguro de viaje en España y el seguro de cancelación;
– Cualquier otro gasto que el Colaborador considere necesario para el correcto
desarrollo de la misión en su zona.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Para el seguimiento y evaluación de las Misiones Inversas relacionadas con el
presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos (2)

cve: BOE-A-2024-381
Verificable en https://www.boe.es

Por su parte, el Colaborador, con su aportación, financiará: