III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2024-381)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Asociación Interprofesional del Porcino de Capa Blanca, para la organización de misiones inversas de compradores y prescriptores del sector porcino de capa blanca a celebrar en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Sábado 6 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 1992

Las Partes, reconociéndose la capacidad y representación que ostentan para
formalizar el presente convenio, a tal efecto,
EXPONEN

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de colaboración entre
ICEX y el Colaborador para la elaboración, organización, desarrollo y ejecución de las
siguientes misiones inversas relacionadas con el sector porcino de capa blanca español,
al objeto de reforzar, en particular, la actividad promocional y comercial a nivel

cve: BOE-A-2024-381
Verificable en https://www.boe.es

I. Que, ICEX es una entidad pública empresarial con personalidad jurídica propia
dependiente de la Secretaría de Estado de Comercio del Ministerio de Economía,
Comercio y Empresa, que tiene como misión promover la internacionalización de las
empresas españolas para contribuir a su competitividad y aportar valor a la economía en
su conjunto, así como atraer inversiones exteriores a España.
Asimismo, ICEX es miembro de la Red española del Pacto Mundial de las Naciones
Unidas y está adherido a los diez principios del Pacto Mundial en materia de Derechos
Humanos, normas laborales, medioambientales y anticorrupción, y forma parte del grupo
de trabajo interministerial sobre Internacionalización y Derechos Humanos (GTIDH) para
contribuir a la coherencia de las políticas públicas de apoyo a la internacionalización y su
alineación con los Principios Rectores de Naciones Unidas sobre empresas y Derechos
Humanos. ICEX, como miembro de la Red española de Pacto Mundial manifiesta su
compromiso con la sostenibilidad, el medio ambiente, la cohesión social y la igualdad de
género con el fin de promover una internacionalización más sostenible.
II. Que, el Colaborador es una organización dedicada al fomento de la
internacionalización del sector porcino español de capa blanca, con la finalidad de
contribuir a su desarrollo económico y rentabilidad y potenciar la imagen del sector
porcino como ejemplo de producción sostenible.
INTERPORC es miembro de la Red española del Pacto Mundial de las Naciones
Unidas y está adherida a los diez principios del Pacto Mundial en materia de Derechos
Humanos, derechos laborales, medio ambiente y lucha contra la corrupción.
INTERPORC, como miembro de la Red española de Pacto Mundial manifiesta su
compromiso de apoyar e implementar dichos Principios en el marco de su esfera de
influencia.
INTERPORC también se compromete a involucrarse con el Pacto Mundial de las
Naciones Unidas en enmarcar los objetivos de la Interprofesional dentro de los diez
principios del Pacto Mundial, a través de alianzas para la sostenibilidad con nuestros
grupos de interés y de la colaboración con las Redes locales del Pacto.
III. Que, entre los sectores objeto de apoyo de ICEX, merece mención especial el
de porcino de capa blanca tanto por la importancia económica del sector como por las
oportunidades que los mercados internacionales ofrecen a las empresas españolas.
IV. Que, ambas Partes están interesadas en profundizar el posicionamiento del
sector de porcino de capa blanca en el mercado internacional y en hacer así visible la
presencia española en dicho mercado.
V. Que, de acuerdo con lo anterior, y dados los fines que comparten las Partes en
sus respectivos ámbitos de actuación, y con el deseo de generar sinergias con una
actuación simultánea, aquellas están interesadas en colaborar de forma conjunta en la
organización de una serie de misiones inversas al objeto de poner a los misioneros en
contacto directo con la oferta española del sector. Y para ello, las Partes han decidido
suscribir el presente convenio para la organización de misiones inversas (en adelante, el
convenio), que se regirá por las siguientes