III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2024-366)
Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Iturri.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 6

Sábado 6 de enero de 2024
Quinto.

Sec. III. Pág. 1949

Patronos.

Don Francisco Javier Iturri Franco, don Juan Francisco Iturri Franco, doña María
Luisa Iturri Franco y don Jorge Carrillo Carrillo.
Cargos:
Presidente: don Francisco Javier Iturri Franco.
Secretario no patrono: don Álvaro Wenceslao Silva Mejías.
Tesorero: don Francisco Javier Iturri Franco.
Vocales: don Juan Francisco Iturri Franco, doña María Luisa Iturri Franco y don Jorge
Carrillo Carrillo.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente
citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación
para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en
funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás
disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real
Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del
Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de
competencia estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de
fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de
diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de
competencia estatal, la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del
Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y
suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado
de Fundaciones de fecha 4 de septiembre de 2023.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la
entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia
estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Iturri patronato y cargos dentro
del mismo.
Madrid, 2 de octubre de 2023.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe
Pública, Sofía Puente Santiago.
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Tercero.