II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Personal laboral. (BOE-A-2024-289)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de Médicos de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina, convocado por Resolución de 3 de marzo de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 5

Viernes 5 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 1655

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL
Y MIGRACIONES
289

Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se
aprueba la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para
ingreso como personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de
Médicos de Sanidad Marítima en el Instituto Social de la Marina, convocado
por Resolución de 3 de marzo de 2023.

Por Resolución de 3 de marzo de 2023 (BOE de 14 de marzo), se convocó proceso
selectivo para ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo en la categoría de Médico
de Sanidad Marítima (personal fuera de convenio), en el Instituto Social de la Marina.
Una vez publicadas las listas definitivas de aspirantes que han superado el proceso
selectivo y concluido el plazo de solicitud de vacantes ofertadas,
Esta Subsecretaría resuelve:
Primero.
Declarar aprobados a los candidatos que figuran en el anexo que acompaña a la
presente resolución y adjudicar destino a los mismos.
Segundo.
Conforme a lo dispuesto en la base 7.7 de la convocatoria, si algún candidato no
cumple los requisitos exigidos, renuncia o la certificación emitida por la unidad de
personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de
prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a
la que se refiere la base 7.1, que no hubiese obtenido plaza y según el número de orden
obtenido.
Tercero.
La formalización de los contratos a los aspirantes a los que se les adjudica puesto de
trabajo se deberá realizar por el Órgano competente, dentro del plazo de un mes.

Los destinos adjudicados se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia,
no generarán derechos al abono de indemnización por concepto alguno, entendiéndose
que la obtención de un puesto derivado de la presente resolución implicaría, en caso de
prestar anteriormente servicio como contratado laboral fijo, la novación del contrato de
trabajo.
Contra esta resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo
dispuesto en los artículo 10.1.i) y 14.1.Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa o, potestativamente y con carácter

cve: BOE-A-2024-289
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Cuarto.