III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Normas Técnicas de Auditoría. (BOE-A-2024-269)
Resolución de 20 de diciembre de 2023, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la Norma Técnica de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España, "Consideraciones especiales-Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes)", NIA-ES 600 (Revisada).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Incertidumbre



Susceptibilidad
de •
incorrección debida a

sesgo de la dirección u
otros factores de riesgo de
fraude en la medida en la
que afecten al riesgo

inherente

Sec. III. Pág. 1498

Entidades o unidades de negocio del grupo que operan en
jurisdicciones extranjeras que pueden estar expuestas a
factores tales como una intervención imprevista del gobierno
en ámbitos como la política comercial y fiscal, restricciones
sobre los movimientos de moneda y de dividendos; y
fluctuaciones en los tipos de cambio.
Relaciones y transacciones inusuales con partes vinculadas.
Entidades o unidades de negocio del grupo con fechas de
cierre de ejercicio diferentes, que pueden ser utilizados para
manipular el momento de realización de algunas
transacciones.
Antecedentes de ajustes de consolidación incompletos o no
autorizados.



Planificación fiscal agresiva dentro del grupo, o transacciones
de efectivo importantes con entidades en paraísos fiscales.



Casos de saldos contables intragrupo que no coincidían o no se
conciliaron en la consolidación en años anteriores.



Transferencias de efectivo importantes o inusuales dentro del
grupo, en especial a entidades o a unidades de negocio
recientemente incorporadas que operan en ubicaciones con
un riesgo de fraude significativo.

Algunos indicadores de que el entorno de control, el proceso de valoración del riesgo por el
grupo o el proceso del grupo para el seguimiento del sistema de control interno no son
adecuados en las circunstancias, teniendo en cuenta la naturaleza y la complejidad del grupo, y
de que no proporcionan un fundamento adecuado para los demás componentes del sistema
de control interno del grupo, incluyen:
Estructuras de gobierno corporativo débiles, incluidos los procesos de toma de decisiones,
que no sean transparentes.



Controles sobre el proceso de información financiera del grupo inexistentes o ineficaces,
incluida una información inadecuada de la dirección del grupo sobre el seguimiento de las
operaciones y los resultados financieros de las entidades o de las unidades de negocio del
grupo.

cve: BOE-A-2024-269
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X