II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2024-246)
Resolución de 15 de diciembre de 2023, de la Universidad Pública de Navarra, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de plaza de Oficial de Servicios de Laboratorio.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 4

Jueves 4 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 1201

11.4 En el caso de aspirantes que adquieran la condición de funcionarios y, sin el
desempeño efectivo del puesto de trabajo, sean declarados, a petición suya, en situación
de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por
encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la
correspondiente vacante se cubrirá igualmente, según lo dispuesto en la base 10.5.
12.

Lista de aspirantes a la contratación temporal

12.1 De conformidad con lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Gobierno
de 25 de noviembre de 2014 por el que se regula la contratación en régimen
administrativo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad Pública de
Navarra, se constituirán las siguientes listas de aspirantes a la contratación con aquellas
personas aspirantes que hayan participado en el proceso selectivo y no hayan obtenido
plaza en el mismo:
1) Lista de aprobados sin plaza.
2) Lista de aspirantes que no habiendo resultado aprobados sin plaza hayan
superado al menos una de las pruebas del proceso selectivo.
El orden de las personas aspirantes en las listas vendrá determinado por el mayor
número de pruebas superadas; y en caso de ser coincidente, se tomará en
consideración la mayor puntuación resultante del total de las pruebas realizadas.
Los empates que se produzcan se dirimirán de acuerdo con los criterios de
desempate establecidos en la base 8.2 de esta convocatoria.
12.2 El régimen de gestión de las listas de aspirantes a la contratación temporal se
ajustará a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de noviembre
de 2014 por el que se regula la contratación en régimen administrativo del Personal de
Administración y Servicios de la Universidad Pública de Navarra.
12.3 Únicamente las personas aspirantes que resulten llamadas para la
contratación deberán presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos exigidos para el puesto de trabajo, en el momento de procederse a la
formalización del contrato, mediante la aportación de copias.
12.4 Quienes no presenten los documentos requeridos, así como quienes no
cumplan los requisitos exigidos, decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse
de su participación en la convocatoria de ingreso, sin perjuicio de la responsabilidad en
que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.
12.5 La inclusión en la relación de aspirantes a la contratación temporal no
prejuzga que se reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos
exigidos en el puesto de trabajo, los cuales deberán ser acreditados en la forma
establecida en esta base.
Tratamiento de datos de carácter personal

La participación de interesados en los procesos convocados por la Universidad
Pública de Navarra en materia de gestión de personal comportará el tratamiento de sus
datos. El Responsable del Tratamiento de sus datos es la propia Universidad Pública de
Navarra.
Este tratamiento se efectuará conforme a la normativa aplicable, esto es, el
Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos. La descripción del tratamiento resulta
accesible en el Registro de Actividades de Tratamiento, que se puede consultar, en el
enlace
https://www2.unavarra.es/gesadj/seguridadInf/normativa-proteccion-datos/
registro-actividades-tratamiento-datos-UPNA.pdf, bajo la rúbrica de «RECURSOS
HUMANOS».
Los interesados afectados por el tratamiento de datos son principalmente aspirantes
en procesos selectivos y personal propio de la UPNA. Los datos objeto de tratamiento

cve: BOE-A-2024-246
Verificable en https://www.boe.es

13.