II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2024-151)
Resolución 400/38510/2023, de 14 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 590

Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para
su verificación por la Administración alegando una causa para ello, deberá presentar
anexa a la solicitud el correspondiente título de familia numerosa actualizado.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante una sentencia judicial firme o en virtud de una resolución
administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya
convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los
heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015,
de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional que añade un nuevo
párrafo al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de
Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
8.10.3 Documentación adicional.
Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán
presentar la documentación adicional que se indica:
a) Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes
razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del
proceso selectivo deberán adjuntar la documentación en la forma establecida en la
base 7.
b) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de funcionarios/
funcionarias españoles en organismos internacionales presentarán, en su caso, los
certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio.
8.11 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, se dictará resolución, en el
plazo máximo de un mes, por la que se declaran aprobadas las listas de admitidos y
excluidos. En esta resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los
lugares previstos en la base específica 10.3, se indicarán las relaciones de las personas
aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas
completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora
de comienzo de los ejercicios.
En atención al elevado número de plazas ofertadas y del número previsto de
solicitudes de participación en los distintos programas del proceso selectivo convocado
por esta resolución, y de acuerdo con el artículo 23 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se amplía el
citado plazo en un mes.
9.

Tribunal

9.1 Los tribunales calificadores de este proceso selectivo son los que figuran como
anexo III de esta convocatoria.
9.2 Los tribunales, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española,
velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre
ambos sexos.
9.3 El procedimiento de actuación de los tribunales se ajustará en todo momento a
lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de noviembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás
disposiciones vigentes.
9.4 Los tribunales, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3
de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos
de trabajo de las personas con discapacidad, adoptarán las medidas oportunas que
permitan a las personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieran indicado en su

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