II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Escala de Científicos Superiores de la Defensa. (BOE-A-2024-151)
Resolución 400/38510/2023, de 14 de diciembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Científicos Superiores de la Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3

Miércoles 3 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 592

10.4 La presentación a la presente convocatoria supone la conformidad de las
personas aspirantes con la publicación de las calificaciones obtenidas en las diferentes
pruebas.
11.

Certificado de servicios para la fase de concurso y publicación de valoración de
méritos

11.1 Finalizada la fase de oposición, las personas aspirantes que la hubieran
superado, dispondrán de un plazo de veinte días hábiles para presentar la
documentación a valorar en la fase de concurso.
Para la valoración de los méritos profesionales deberán aportar certificación
expedida por los servicios de personal de los Centros de trabajo u Organismos donde
presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como
anexo V. Cuando se trate de servicios ajenos a la Administración General del Estado, en
todo caso la certificación a aportar, expedida por el cargo competente en el modelo de
que se trate, deberá acreditar, de forma fehaciente, tanto el tiempo de servicios prestado
como las tareas desarrolladas durante el mismo.
Los demás méritos a valorar se acreditarán mediante copia auténtica.
11.2 Para la valoración como «méritos profesionales» de los años de servicios
como militar profesional, se deberá acreditar que los servicios prestados, aptitudes, o
titulaciones, adquiridas como militar, guardan relación con las funciones
correspondientes a la plaza a la que se opta, de acuerdo con la normativa vigente en
materia de especialidades fundamentales de las Fuerzas Armadas.
A tales efectos, por las Direcciones de Personal del Ejército de Tierra, de la Armada y
del Ejército del Aire se expedirá certificación a las personas interesadas, relativa al
cumplimiento de estos requisitos, conforme al anexo V de esta convocatoria. En este
certificado se reflejará, en el apartado A) del anexo, la especialidad o, en su caso,
especialidades militares profesionales en las que se han prestado dichos servicios y los
tiempos.
11.3 La no presentación de la certificación y la documentación citada en los
apartados anteriores en el plazo señalado supondrá la no valoración a las personas
aspirantes de la fase de concurso.
11.4 Los tribunales calificadores publicarán en el lugar o lugares de celebración de
la fase de oposición y en la sede de los mismos, la relación que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días
hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las
alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo los tribunales publicarán la relación con
la valoración definitiva de la fase de concurso.
Lista de personas candidatas

De acuerdo con lo previsto en el artículo 3, apartado 20 del Real Decreto 625/2023,
de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, los
tribunales elaborarán, a la finalización del proceso selectivo una lista de personas
candidatas con todas las que hayan superado, al menos, dos ejercicios de la oposición,
ordenados por la suma total de la puntuación obtenida, con la finalidad de que la
selección de funcionarios/funcionarias interinos de la Escala de Científicos Superiores de
la Defensa se pueda realizar con esta lista de personas candidatas mediante
procedimientos ágiles. Para poder iniciar el procedimiento de gestión de esta lista será
necesario informe favorable de la Dirección General de la Función Pública.
13.

Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada

cve: BOE-A-2024-151
Verificable en https://www.boe.es

12.