III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Convenios. (BOE-A-2024-206)
Resolución de 27 de diciembre de 2023, del Banco de España, por la que se publica el Convenio con Adhara Blockchain Technologies Spain, SL.
10 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 3
Miércoles 3 de enero de 2024
Sec. III. Pág. 1068
dicha institución mientras que los restantes corresponderán a Adhara. En caso de
discrepancias de criterio o de falta de definición respecto de los aspectos señalados
corresponderá a la Comisión de Seguimiento resolver acerca de la titularidad definitiva
de los mismos. A estos efectos, será obligación de Adhara aportar la documentación o
evidencias que consideren oportunas para tratar de justificar los motivos por los que
consideran que han ostentar su titularidad.
Una vez finalizados los experimentos, Adhara se compromete a retornar al Banco de
España, a la mayor brevedad y sin coste alguno para éste, todos aquellos documentos,
archivos y elementos cuya Propiedad Intelectual e Industrial le corresponda, así como
cualquier información y datos que haya podido manejar como parte de la
experimentación. El Banco de España asume un compromiso equivalente frente a la otra
Parte firmante de este convenio respecto de los documentos, archivos y elementos cuya
Propiedad Intelectual e Industrial le corresponda y que obren en su poder a
consecuencia del desarrollo de la experimentación.
Decimoséptima.
Transparencia.
El convenio será accesible de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
cve: BOE-A-2024-206
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio de colaboración Juan
Ayuso Huertas, como Director General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago
del Banco de España, y Julio Manuel Faura Enríquez, en calidad de Administrador Único
de Adhara Blockchain Technologies Spain, SL.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
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dicha institución mientras que los restantes corresponderán a Adhara. En caso de
discrepancias de criterio o de falta de definición respecto de los aspectos señalados
corresponderá a la Comisión de Seguimiento resolver acerca de la titularidad definitiva
de los mismos. A estos efectos, será obligación de Adhara aportar la documentación o
evidencias que consideren oportunas para tratar de justificar los motivos por los que
consideran que han ostentar su titularidad.
Una vez finalizados los experimentos, Adhara se compromete a retornar al Banco de
España, a la mayor brevedad y sin coste alguno para éste, todos aquellos documentos,
archivos y elementos cuya Propiedad Intelectual e Industrial le corresponda, así como
cualquier información y datos que haya podido manejar como parte de la
experimentación. El Banco de España asume un compromiso equivalente frente a la otra
Parte firmante de este convenio respecto de los documentos, archivos y elementos cuya
Propiedad Intelectual e Industrial le corresponda y que obren en su poder a
consecuencia del desarrollo de la experimentación.
Decimoséptima.
Transparencia.
El convenio será accesible de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
cve: BOE-A-2024-206
Verificable en https://www.boe.es
Y, en prueba de conformidad, firman el presente convenio de colaboración Juan
Ayuso Huertas, como Director General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago
del Banco de España, y Julio Manuel Faura Enríquez, en calidad de Administrador Único
de Adhara Blockchain Technologies Spain, SL.
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