II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. (BOE-A-2024-94)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 2 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 382

S: Aspirantes en la convocatoria de promoción interna que pertenezcan al Cuerpo de
Subinspectores Laborales: Escala de Seguridad y Salud Laboral.
P: Para el resto de aspirantes de promoción interna que no pertenezcan a los
cuerpos o escalas anteriores.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L» para el acceso
libre e «I» para el acceso por promoción interna.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará
«Ministerio de Trabajo y Economía Social».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que
haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid, Sevilla, Bizkaia o
Barcelona» en función del lugar preferente del aspirante para la realización de los
ejercicios o fases del proceso selectivo; siendo, en todo caso, potestad del Tribunal
determinar las provincias en las que se realizará cada ejercicio o fase del proceso.
En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», las personas aspirantes podrán indicar
el porcentaje que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que
esta adaptación sea necesaria.
Las personas aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 % que
deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con
discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22, con la letra G.
En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará «Título de Doctor,
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado».
En el recuadro 27, apartado A), se consignará el idioma escogido para el segundo
ejercicio. En el apartado B), se hará constar la opción de evaluación del conocimiento de
idioma, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a optar por realizar la prueba escrita o
«TITULACIÓN» si se va a optar por presentar alguno de los títulos certificados recogidos
en el anexo VII que acredite el nivel de idioma.
El importe de la tasa por derechos de examen:
– Para el turno libre, el importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10
euros, y de 15,55 euros para las familias numerosas de categoría general.
– Para la promoción interna, el importe de la tasa por derechos de examen será
de 15,55 euros y de 7,78 euros para las familias numerosas de categoría general.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará en el recuadro
destinado al mismo en el modelo de solicitud.
Estarán exentos del pago de tasas, según la Orden HFP/688/2017, de 7 de julio:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo
acompañar a la instancia el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico
de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las
deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a
efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión
de la adaptación solicitada.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad
haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la
dirección http://administración.gob.es/PAG/PID y el interesado de su conformidad para
que el órgano gestor verifique esta condición mediante el acceso a la Plataforma de
Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio
Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de la publicación de la convocatoria. Serán
requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran
rechazado oferta de empleo adecuada ni acciones de promoción, formación o

cve: BOE-A-2024-94
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Núm. 2