III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2024-69)
Resolución de 22 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Investigación, por la que se publica la séptima Adenda al Convenio de colaboración con la Generalitat de Cataluña, para la constitución del Consorcio para la Construcción, Equipamiento y Explotación del Laboratorio de Luz de Sincrotrón.
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Lunes 1 de enero de 2024

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de la Generalitat de Cataluña» (DOGC) el 4 de abril del mismo año. Como anexo a dicho
convenio se incluyeron los Estatutos del Consorcio.
II. Que las dos administraciones firmaron el 23 de marzo de 2005 una primera
adenda al convenio, en la que se estableció un nuevo marco de financiación.
III. Que las dos administraciones firmaron el 22 de octubre de 2008 una segunda
Adenda al convenio, en la que se estableció un nuevo marco de financiación para la
construcción del Laboratorio de Luz de Sincrotrón.
IV. Que las dos administraciones firmaron el 27 de diciembre de 2013 una tercera
Adenda al convenio, en la que se ajustaron las aportaciones del entonces Ministerio de
Economía y Competitividad (actual Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades) a
las consignaciones que aparecían en los capítulos 4 (449.04) y 7 (749.04) de la
Ley 17/2012, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013 y siguientes.
V. Que las dos administraciones firmaron el 30 de diciembre de 2014 una cuarta
Adenda al convenio firmado el 14 de marzo de 2003, en virtud de la cual se modificaba el
artículo 8.1 de sus Estatutos.
VI. Que las dos administraciones firmaron el 30 de agosto de 2016 una quinta
Adenda al convenio, en virtud de la cual se modifican los Estatutos del Consorcio con
objeto de adaptar su contenido a los dispuesto en la disposición adicional vigésima de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y a la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de
racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa. En
particular, se estableció la adscripción del Consorcio al Estado; se adaptó su régimen
presupuestario, de contabilidad y control financiero, y de recursos humanos; y se reguló
el régimen de separación y disolución del consorcio.
VII. Que las dos administraciones firmaron el 27 de diciembre de 2017 una sexta
Adenda al convenio firmado el 14 de marzo de 2003, en virtud de la cual se realizó una
modificación de los Estatutos del Consorcio y se incorporó a una versión consolidada de
los mismos con objeto de recoger en un solo documento todas las modificaciones
realizadas hasta la fecha.
VIII. Que la disposición final 23.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, modifica el punto 3 del
artículo 122 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
de tal forma que la auditoria del Consorcio por el órgano de control interno de la
Administración de Adscripción está condicionada a que concurra, a la fecha de cierre del
ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias siguientes:
– Que el total de las partidas del activo supere 2.400.000 euros.
– Que el importe total de sus ingresos por gestión ordinaria en el caso de los
consorcios del sector público administrativo, o la suma del importe de la cifra de
negocios más otros ingresos de gestión, en el caso de los pertenecientes al sector
público empresarial, sea superior a 2.400.000 euros.
– Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea
superior a 50.
IX. Que las partes firmantes, desean suscribir una séptima Adenda al convenio
suscrito en 2003, para continuar con la financiación del equipamiento y explotación del
Consorcio CELLS que cubra la anualidad 2023. Se acuerda también la modificación del
convenio para:
1. Adaptarlo al cambio normativo indicado en el exponen anterior; y
2. efectuar una revisión del sistema de libramientos de la AGE.
X. Que las dos Administraciones consorciadas, han acordado suscribir la presente
adenda. Esto fue acordado por la Comisión de Seguimiento del convenio en su reunión
del día 17 de noviembre de 2023, quedando constancia, así, de la voluntad de las dos

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